Por qué la pandemia puede hacerte pagar más en la próxima declaración de la renta y cómo evitarlo

  • Aún queda tiempo para intentar pagar menos en la declaración de la Renta de 2020, sobre todo si durante este año has estado afectado por un ERTE o has recibido ayudas

  • Los técnicos de Hacienda han compartido los siete puntos por donde puede flojear tu declaración del año que viene y explican cómo pagar menos

2020 está siendo un año atípico. Cuando la recuperación económica parecía un hecho, llegó la pandemia de coronavirus para echar los esfuerzos al traste y dejar a 1,8 millones de españoles en un ERTE. Ahora, a punto de comenzar 2021, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han publicado los siete efectos que la pandemia puede tener en la declaración de la renta de 2020. Su recomendación: aprovechar lo que queda de año para ajustar las retenciones fiscales de quienes hayan recibido ayudas por la pandemia.

Si has estado en un ERTE durante 2020

Aunque tu sueldo sea inferior a 22.000 euros al año, al haber estado en un ERTE tendrás que presentar la declaración de la renta y "es posible que te resulte a ingresar"; es decir, a pagar a Hacienda. Por ello, los técnicos de Hacienda sugieren que, en caso de que no haya capacidad de ahorro para devolver dinero a Hacienda, "soliciten a sus empresas un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre para evitar sorpresas en junio de 2021".

Ahora bien, hay una excepción. Los técnicos explican que si una persona cobra menos de 22.000 euros al año pero no reciben ingresos de más de 1.500 euros al año de otro pagador no tendrá la obligación de presentar la declaración de la renta. Es decir, si lo que te han pagado del ERTE no supera esos 1.500 euros y cobras menos de 22.000 euros no tendrás que hacer la declaración.

Gestha, no obstante, calcula que en la mayoría de los casos la percepción por los ERTEs no será motivo de retención debido a su escaso importe anual. Y a aquellos trabajadores con pocas cargas personales y familiares la declaración por el IRPF 2020 probablemente les resultará a ingresar.

No obstante, "los técnicos especifican que los ERTE no aumentan la tributación en el IRPF, sino que la disminuyen porque los ingresos totales en 2020 serán menores de lo esperado, pero advierten que el importe que no se retenga en 2020 tendrá que liquidarse al presentar la próxima declaración".

Deducción por maternidad para madres trabajadoras afectadas por ERTE

En el caso de que te encontraras disfrutando de una deducción por maternidad cuando la empresa aplicó un ERTE, los técnicos recuerdan que la trabajadora dejaría de cumplir los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad, salvo que realizara un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En esta misma situación se encontrarían las autónomas durante los meses en los que hayan tenido que cerrar su actividad.

Imputación de rentas inmobiliarias durante el Estado de alarma

Gestha indica que la Agencia Tributaria ha considerado que no es la utilización efectiva de la segunda vivienda, sino su disponibilidad, lo que genera la imputación de rentas. Por ello, pese a no haber tenido la oportunidad de disfrutar de esa segunda vivienda, la imputación de ingresos no se altera por el confinamiento del contribuyente.

Arrendamientos durante el estado de alarma

Si durante el estado de alarma llegaste a un acuerdo con tus inquilinos o viceversa para rebajar la renta, este acuerdo podrá tener incidencia en la declaración de la renta, porque "el arrendador reflejará como ingresos durante esos meses los nuevos importes", indican.

Además, si quedasteis en diferir el pago de la renta, Gestha detalla que el arrendador imputará los ingresos de estos meses en función de los nuevos plazos acordados. También explican que hay que tener en cuenta que seguirán siendo deducibles los gastos necesarios y que no procederá la imputación de rentas inmobiliarias, aunque no se perciban las rentas del alquiler.

Subvenciones o ayudas

Si recibiste algún tipo de ayuda o de subvención durante el estado de alarma estas tendrán que declararse, al igual que las recibidas por los autónomos, el ingreso mínimo vital, el Plan Renove de vehículos o los préstamos subvencionados de la IDAE, entre otras muchas.

"Además, estas subvenciones y ayudas públicas obligan a presentar la declaración de Renta si las Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro y demás ayudas públicas superan en conjunto los 1.000 euros anuales", indican los técnicos.

Empresarios en régimen de módulos

Los técnicos sostienen que hasta ahora sólo se ha modificado el cálculo del rendimiento para estos empresarios durante el primer estado de alarma. Sin embargo, apuntan que los que se encuentran en zonas con restricciones por la segunda ola todavía "se podría autorizar la reducción de los índices o módulos por circunstancias excepcionales de aquellos empresarios que no han renunciado a este régimen de módulos con el primer pago fraccionado de 2020".

"Esta medida no afectaría a los que renunciaron a los módulos y tributan en el método de estimación directa en 2020, si bien se ha establecido de forma excepcional que puedan volver a tributar en el régimen de estimación objetiva en 2021 de seguir cumpliendo los requisitos y revocan la renuncia de este año", explican.

Deducción por donativos

Los donativos al Tesoro Público para financiar los gastos ocasionados por la crisis sanitaria deducen en el IRPF un 80% de los primeros 150 euros donados, y un 35% a partir de esa cifra, porcentajes que se elevan desde el 1 de enero de 2020 también para todas las donaciones a ONGs y demás entidades beneficiarias del mecenazgo.