Cómo prestar dinero a un familiar sin tener problemas con Hacienda

  • No hay que confundir un préstamo familiar con una donación, en la que se aplicaría el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

  • El préstamo familiar consiste en prestar un dinero que tendrá que ser devuelto y debería quedar plasmado por escrito

  • El prestatario debe asegurarse de devolver el importe total en los plazos pactados con el familiar

Es muy posible que en algún momento algún familiar nos haya pedido que le ayudemos a resolver una necesidad económica puntual, como pagar una deuda o comprar un coche. Y también es muy probable que, más allá de nuestra buena voluntad o de que podamos dudar de la solvencia de la persona en cuestión, nos preguntemos de qué manera hacer la operación para que Hacienda no nos ponga ningún inconveniente. Aquí te contamos en qué consiste el préstamo familiar legal y cómo hacerlo para no tener problemas con la Agencia Tributaria.

Es importante entender que en este caso no estamos hablando de una donación, que consistiría en ceder a alguien una cantidad de dinero desinteresadamente que no se va a devolver, como si fuera un regalo. En la donación se aplicaría el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo porcentaje a pagar depende de cada Comunidad Autónoma. Los intereses serán menores cuanto mayor sea el parentesco entre los involucrados. Tampoco nos referimos a esos pequeños micropréstamos que en realidad son más una donación que otra cosa.

En qué consiste el préstamo familiar legal

El préstamo familiar consiste en prestar a un ser querido un dinero que tendrá que ser devuelto. Lo habitual es que este tipo de préstamos no conlleven intereses, pero el prestatario deberá devolver la cantidad que se trate de manera periódica, como si se tratara de cualquier préstamo corriente. Es conveniente hacer el pago de las cuotas de forma que quede constancia de que se ha realizado el mismo. Lo más habitual es recurrir a la transferencia bancaria.

Este préstamo debería quedar plasmado por escrito en un contrato. Así, si llegara a ser necesario, podríamos reclamar judicial o extrajudicialmente las cantidades adeudadas. Además, podríamos explicar nuestros movimientos de fondos ante cualquier requerimiento informativo de una Administración Publica o de un Juzgado.

Por qué hay que declarar el préstamo a Hacienda

Si prestáramos dinero a un familiar y no lo declaráramos Hacienda podría considerarlo como una donación encubierta y podría cursar sanciones contra nosotros. El prestatario deberá satisfacer el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, presentando en Hacienda el Modelo 600, además de tres copias del contrato.

Ahora bien, cuando se trata de préstamos realizados entre personas físicas, quien recibe el préstamo se encontrará libre de tributación y no tendrá que pagar nada en concepto de impuesto, aunque es imprescindible liquidarlo. Esta documentación se guardará junto a las cuotas pagadas del préstamo hasta que se produzca la liquidación definitiva. Así, en caso de que Hacienda nos reclame por préstamo encubierto o fraude, podríamos demostrar que se trata de un préstamo familiar que ha seguido las formalidades vigentes.

La forma de evitar problemas con Hacienda es formalizando el préstamo por escrito y asegurándose de devolver el importe total en los plazos pactados con el familiar. Este tipo de préstamos deben formalizarse a partir de 3.000 euros, que es cuando el banco debe notificar este tipo de transacción, aunque lo más frecuente es hacerlo a partir de unos 10.000.

Pasos para hacer el préstamo de forma legal

  • En primer lugar hay que redactar un contrato de préstamo, un documento privado o público ante notario que realizan ambas partes. Deben figurar los datos personales de las partes implicadas, la fecha y lugar donde se realiza, la cantidad prestada y el plazo de devolución.
  • En el contrato debe indicarse si el préstamo conlleva intereses o es gratuito, en cuyo caso deberá expresarse que los intereses generados por la operación son de cero euros.
  • También deberá figurar el importe de las cuotas a devolver y la periodicidad de las mismas (mensual, trimestral, semestral). Cuidado, porque si el plazo fuera especialmente largo Hacienda podría objetar. También debe quedar especificado si es posible liquidar el préstamo de forma anticipada.
  • Finalmente, una vez redactado, firmado y sellado, hay que entregar una copia del contrato a la Administración.

Una alternativa al papeleo

Como hemos podido ver, no se trata de una gestión especialmente complicada, especialmente si lo hacemos a través de una Notaría, pero para quien quiera evitar todo el papeleo, y especialmente el seguimiento de los cobros, está la alternativa del préstamo pignoraticio.

Esto consiste en que el dinero no lo prestamos nosotros, sino un banco, en las condiciones que se convengan. Para conseguir que estas sean lo más ajustadas posibles, el potencial prestamista que no va a serlo pone como garantía del préstamo un depósito por idéntico importe. El banco cobra el préstamo como cualquier otro, y en el caso de que se impague puede ejecutar la garantía cancelando el préstamo restante contra el depósito.