La explicación del BOE sobre cómo pagar a Hacienda a plazos por haber estado en un ERTE en 2020

  • Posiblemente tengas que pagar más a Hacienda en la Declaración de la Renta si has estado en un ERTE en 2020

  • Para evitar grandes desembolsos, el Gobierno ha aprobado un fraccionamiento extraordinario de esa posible deuda

  • El primer pagó se hará el 20 de julio y durará hasta el 20 de diciembre. Estos son los requisitos

Con la campaña de la Declaración de la Renta ya iniciada, puede que empiecen a llegar sorpresas desagradables. Las personas que hayan estado en un ERTE durante 2020 muy probablemente tengan que devolver dinero a Hacienda por haber tenido dos pagadores durante el ejercicio fiscal y no haber retenido la suficiente cantidad en sus prestaciones. Sin embargo, el Gobierno y Hacienda han decidido que esta devolución se pueda fraccionar en distintos plazos. La disposición ya ha salido en el BOE, y esto es lo que cuenta, traducido al lenguaje común y lejos de tecnicismos.

Quién puede solicitarlo

Todas las personas que estuvieran obligadas a hacer la Declaración de la Renta del año 2020 y que tuvieran que pagar a Hacienda con motivo de haber estado inmerso en un ERTE durante ese periodo.

Cuándo empieza el fraccionamiento

Según lo especificado en el BOE, "el pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en seis fracciones, con

vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021". De este modo, hasta el 20 de diciembre de 2021 se podrá estar devolviendo el dinero solicitado por Hacienda.

¿Cobrarán intereses de demora?

No. Este fraccionamiento es una herramienta para facilitar el pago de una cantidad de dinero por una situación extraordinaria como un ERTE por culpa de la pandemia por coronavirus. En el BOE queda claro: "No se devengarán intereses de demora durante dicho fraccionamiento ni será necesaria la aportación de garantía".

Cuáles son los requisitos

Lo fundamental: "Que el solicitante, o cualquiera de los miembros de la unidad familiar en caso de

tributación conjunta, haya estado incluido en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo durante el año 2020, habiendo sido perceptor en ese ejercicio de las correspondientes prestaciones". Si no se ha estado en un ERTE, y te sale a pagar a Hacienda, no te puedes acoger a este fraccionamiento.

Después, tampoco se puede tener una gran deuda previa con Hacienda. El límite está en los 30.000 euros. Y no solo por motivos de los ERTE, que es una barbaridad de deuda imposible de haber adquirido solo por ese motivo, sino las que consten en las bases de datos del órgano de recaudación competente. Y, ya sabe, Hacienda cruza multitud de datos, por lo que se pueden sumar desde deudas por no pagar el IBI al ayuntamiento donde vivas hasta de otros años por no haber hecho bien el IRPF.

El último requisito es que la Declaración de la Renta se tiene que realizar en el periodo voluntario para hacerla. Es decir, hasta el 30 de junio de 2021. Si se presenta fuera de plazo no se podrá optar al fraccionamiento de lo que haya que pagar por haber estado en un ERTE.

Sin posibilidad de otros fraccionamientos

Habitualmente, cuando la Renta sale a pagar dinero a Hacienda, esto ya se puede fraccionar. Se paga un 60% en el momento de presentar la Declaración y el 40% restante unos meses más adelante. Si se elige este nuevo fraccionamiento por los ERTE tendrás que acogerte a él y no al otro estándar.

Los plazos para hacer la Declaración de la Renta

El pistoletazo de salida ha sido el pasado 7 de abril, y la campaña durará hasta el próximo 30 de junio. En este vídeo puedes ver todos los detalles de los plazos y fechas clave durante las próximas semanas.