Me multaron durante el primer estado de alarma: Pasos a seguir para reclamar la sanción

  • La declaración de "inconstitucionalidad" del primer estado de alarma esconde muchos interrogantes y dudas

  • Si ya he pagado la multa, ¿me devuelven el dinero? ¿Qué hago si la multa está por llegar? ¿Y si me acaba de llegar y todavía no la he pagado?

  • Te contamos todo lo que tienes que tener en cuenta a este respecto

Desde que el Tribunal Constitucional declarase como "inconstitucional" el confinamiento domiciliario decretado para frenar el avance de la pandemia de coronavirus el pasado mes de marzo de 2020, se ha producido una avalancha de reclamos y dudas sobre la vigencia de las multas impuestas por las autoridades. Si todavía no me ha llegado, ¿me llegará? Si ya la he pagado, ¿me devolverán el dinero? ¿Cómo puedo reclamar? ¿A qué tengo derecho? Te explicamos las situaciones en las que puedes recurrir y cómo debes hacerlo.

Me llegó la multa y la pagué: ¿me devuelven el dinero?

Parece que esta es una de las situaciones en las que lo tendrás un poco más complicado. Tal y como explicó a 20 minutos Ignacio Álvarez, profesor y doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, "con carácter general, todo proceso que haya adquirido firmeza judicial no se puede reabrir, por lo que las pagadas no podrán revertirse". En estos casos, la resolución judicial ya no puede revertirse, por lo que lo más seguro es que no tengas forma de recuperar el dinero. Sin embargo, en la misma conversación, Álvarez explica que existe una posibilidad en caso de que las personas sancionadas recurran a la "responsabilidad del Estado legislador".

Me la pusieron, pero todavía no me ha llegado: ¿Qué hago?

Aún teniendo en cuenta que la sentencia del TC todavía no se ha dado a conocer de forma completa, el escenario más probable es que se confirme la nulidad de las multas que todavía no han sido abonadas. A este respecto, lo más prudente es esperar a la sentencia final, aunque mientras esto ocurre ya hay algunos juzgados que han declarado anulado la vigencia de algunas sanciones propuestas durante el estado de alarma.

Es el caso de un juzgado barcelonés, que ayer mismo, en base a lo que ya se conoce de la sentencia del TC, estimó el recurso de una mujer multada durante el estado de alarma y suspendió su sanción. En el auto, compartido por diversos medios de comunicación de ámbito nacional, el juez considera que "hay que tener en cuenta la reciente sentencia del TC que declara la nulidad del estado de alarma en virtud de la cual se limitó la movilidad de las personas y en virtud de la cual se impone la sanción objeto de autos", incluso reconociendo que la solicitud de la demandada estaba "absolutamente indocumentada".

No obstante, cabe la posibilidad de que tengas que reclamar la sanción si te llega en estos días. Tal y como cuenta el blog Actúa Legal, especializado en el ámbito jurídico, lo más importante es que valores la situación con asesoramiento para determinar si tienes las de ganar o las de perder. Es por ello que has de pensar pausadamente sobre el momento en el que te llevaste la multa. A este respecto, te dejamos los pasos que hay que seguir:

  • Toma la decisión: en el momento en el que la notificación te llegue a casa, tienes 15 días para recurrir o, si lo crees conveniente, acogerte al "pronto pago" y beneficiarte de la rebaja del 50 %.
  • Obtén el expediente sancionador: lo puedes obtener acudiendo a edificios gubernamentales como la delegación o subdelegación del gobierno. También podemos acudir, según el site especializado, a aquel órgano que tenga la responsabilidad competente de tramitar el caso. De esta forma, tendremos más información al respecto y podremos articular nuestra defensa con mayores garantías, apuntan los expertos.
  • Reunir las pruebas que podamos: deben ser documentos que justifiquen nuestra salida durante el confinamiento, como los tickets de compra, ubicaciones del GPS o algún tipo de justificación, sea médica o familiar o laboral.
  • Redactar el recurso: a este respecto, es muy importante que el léxico y la exposición de los hechos tengan presente el lenguaje jurídico. Si no lo conocemos, lo mejor es que lo redacte un abogado.
  • Enviarlo al órgano competente.

Las multas de la Dirección General de Tráfico, por otro lado, se han endurecido recientemente. En este vídeo te contamos las novedades a las que tienes que estar atento.