¿Hay que declarar los Bizum en la campaña de la Declaración de la Renta?

  • La aplicación Bizum se encuentra respaldada por el sistema financiero y está sujeta al control fiscal de la Agencia Tributaria.

  • Los usuarios físicos de la app no están obligados a declarar sus pagos en la Declaración de la Renta, ya que se quedan fuera de los límites marcados por ley, aunque puede darse el caso de que la Agencia Tributaria le pida al banco los movimientos si tiene la sospecha de que se está atentando contra la ley fiscal

  • Las empresas que acepten pagos con Bizum sí deberán declarar estos ingresos, independientemente de su cuantía

El pasado 6 de abril comenzó la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2021, un periodo en el que los contribuyentes españoles deben rendir cuentas con Hacienda. Hasta el próximo 30 de junio, los trabajadores que hayan percibido más de 22.000 euros, o 14.000 en el caso de aquellos que tengan más de un pagador, deberán presentar su declaración de IRPF y patrimonio para regular su situación fiscal con la Agencia Tributaria.

Este año, la Campaña de la Renta ha incluido importantes novedades que afectan, principalmente, a los trabajadores con mayores ingresos. En concreto, se ha introducido un nuevo tramo de IRPF para los contribuyentes con rentas superiores a los 300.000 euros, que deberán aplicar un tipo impositivo, del 47% (dos puntos porcentuales más que en el ejercicio anterior), y un nuevo tramo para los contribuyentes con rentas de ahorro superiores a los 200.000 euros, a los que se les impondrá un tipo impositivo del 26% (tres puntos porcentuales más que el año pasado).

Además, se ha incrementado en un punto porcentual el Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos patrimonios que superen los 10 millones de euros, hasta un 3,5%, y se ha establecido la obligatoriedad de declarar las inversiones en criptomonedas y criptodivisas cuando los ingresos superen los 1.000 euros, independientemente de si proceden de España o del extranjero.

¿Hay que declarar los ingresos de Bizum en la campaña de la Renta?

Ante todas estas novedades, es probable que te preguntes si hay que declarar también los ingresos que se reciben a través de Bizum, una de las aplicaciones de pagos más utilizadas en nuestro día a día.

Esta app, con la que los usuarios pueden enviar o recibir dinero de manera inmediata introduciendo el número de teléfono del destinatario, se ha convertido en una alternativa muy popular a las tradicionales transferencias bancarias, y actualmente se encuentra integrada en la mayoría de bancos que operan en nuestro país. Además, se encuentra respaldada por el sistema financiero y, consecuentemente, está sujeta al control fiscal de la Agencia Tributaria.

Como consecuencia, las entidades bancarias pueden verse en la obligación de avisar a Hacienda de los pagos instantáneos que se realicen a través de esta aplicación, siempre y cuando el organismo así lo requiera.

Por norma general, los bancos están obligados a informar a Hacienda de cualquier movimiento que se considere sospechoso. Esto incluye todas las operaciones que superen los 10.000 euros, los pagos en efectivo que superen los 3.000 euros, las transacciones realizadas con billetes de 500 y los créditos y préstamos de más de 6.000 euros.

Esta normativa, sin embargo, no se puede aplicar sobre las operaciones de Bizum, ya que la aplicación limita sus pagos a un máximo de 1.000 euros. Es decir: se quedan fuera de los límites marcados como sospechosos por Hacienda. Consecuentemente, los usuarios físicos no están obligados a declarar sus operaciones, aunque, como ya hemos mencionado, puede darse el caso de que la Agencia Tributaria le pida al banco nuestros movimientos si tienen la sospecha de que estamos cometiendo fraude o atentando contra la ley fiscal.

En el ámbito empresarial, no obstante, cualquier compañía que acepte pagos con Bizum, ya sea un comercio, una tienda o un restaurante, deberá declarar los ingresos que hayan recibido por esta aplicación como venta o servicio, independientemente de su cuantía. En estos casos, además, los pagos funcionan como los de una tarjeta bancaria, por lo que Hacienda podrá pedir el justificante de estas operaciones.