¿Quiénes cobrarán la totalidad de la pensión a partir del 2022?

  • Un total de 37 años y 6 meses. Este es el tiempo que tenemos que haber estado cotizando a la Seguridad Social para optar a la jubilación ordinaria

  • En 2022 las pensiones contributivas medias se incrementarán un 2,5% y las pensiones mínimas crecerán un 3%

  • Las pensiones y las jubilaciones varían según la edad, si hay un cónyuge y si está a no a tu cargo

Después de años de trabajo imaginas la jubilación como la entrada al paraíso porque estás hecho un chaval. No madrugar, pasear hasta cruzar la ciudad, alargar el aperitivo, viajar cerca y lejos, leer… y olvidarte del jefe para siempre. Desde Uppers nos preguntamos cuánto tengo que cotizar para cobrar el 100% de mi pensión en 2022 por si tu momento ha llegado y no eras consciente.

A partir del 1 de enero de 2022 las jubilaciones cambian, porque va a entrar en vigor una nueva normativa según la cual las edades y los periodos de cotización se irán transformando gradualmente. De esta forma, a los 65 años recibirás la pensión ordinaria de jubilación siempre y cuando hayas cotizado 37 años y 6 meses o más. En caso de no haber cotizado ese tiempo será necesario esperar a cumplir los 66 años y dos meses. Hasta ahora, tener 65 años, pero no disponer de un periodo cotizado de 37 años y 3 meses o más, era suficiente para jubilarse.

Con los cambios también habrá modificaciones de las cuantías. Tal como apuntan desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la base resultante de la pensión será el cociente que resulte de dividir por 350 las bases de cotización de cada persona concreta durante los 300 meses (25 años) anteriores del mes a jubilarse.

En el supuesto en el que definitivamente se aprueben los Presupuestos Generales del Estado para 2022 que ha presentado el Gobierno actual, desde el 1 de enero próximo las pensiones se van a revalorizar con el IPC. De esta forma, el incremento de los precios de la cesta de la compra será el indicador que defina el porcentaje de revalorización de las pensiones.

Por otra parte, a modo informativo para los jubilados, en 2022 las pensiones contributivas medias se incrementarán unos 25 euros al mes, un 2,5%, lo que supone una cifra de 350 euros anuales más. En relación a las pensiones no contributivas y las pensiones mínimas crecerán un 3%. Este ascenso es la mayor revalorización de las pensiones desde que en 2009 subieron un 2,4%.

Además de estas subidas para las pensiones contributivas y mínimas, a principios de 2022 los pensionistas cobrarán la última de las 'paguillas', un importe que la Seguridad Social abona para compensar la desviación de la inflación de 2021.

Con todo ello, así es como serán las pensiones mínimas mensuales de 2022:

  • Los jubilados con 65 años o más con un cónyuge a cargo cobrarán 876,53 euros al mes. Cuando se encuentren sin cónyuge recibirán 710,34 euros y si tienen cónyuge, pero no a su cargo, percibirán 674,24 euros.
  • Los jubilados con menos de 65 años que vivan con su cónyuge a cargo tendrán una paga de 821,84 euros mensuales. En caso de no tener cónyuge cobrarán 664,66 euros y si tuvieran cónyuge y no estuviera a su cargo cobrarán 628,2 euros.
  • La pensión de viudedad con cargas familiares asciende a 821,84 euros al mes. Para los mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65% será de 710,39 euros, pero aquellos de entre 60 y 64 años cobrarán 673,93 euros. En cuanto a las pensiones de viudedad para menores de 60 años sin cargas suponen 538,18 euros.
  • La pensión de orfandad por beneficiario llegará a los 217,12 euros al mes; para los menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65% ascenderá a 427,14 euros; y para aquellos casos de orfandad absoluta se incrementa hasta los 755,3 euros para un solo beneficiario.
  • La pensión en favor de familiares por beneficiario es de 217,12 euros al mes. Cuando hay un sólo beneficiario con 65 años es de 524,68 euros, pero ante un sólo beneficiario menor de 65 años es de 594,50 euros.
  • La pensión por incapacidad permanente de gran invalidez con cónyuge a cargo es de 1.314,78 euros al mes y sin cónyuge se reduce a 1.065,64 euros. Esta misma pensión con cónyuge que no esté a su cargo se queda en 1.011,36 euros.
  • La pensión por incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más con cónyuge a cargo es de 876,53 euros al mes. Sin embargo, sin cónyuge es de 710,39 euros y con cónyuge, pero no a su cargo, se reduce hasta los 674,24 euros.
  • La pensión por incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años con cónyuge a cargo se sitúa en 821,84 euros al mes. Cuando no hay un cónyuge se rebaja a 664,66 euros y si hay un cónyuge, pero no está a su cargo, se reduce a 628,2 euros.
  • La pensión por incapacidad derivada de una enfermedad común para menores de 60 años con cónyuge a cargo es de 523,76 euros al mes. Si no hay un cónyuge es de 523,76 euros y cuando lo hay pero no está a su cargo es de 519,12 euros.