¿Qué es un Vino de Municipio, la nueva Denominación de Origen de Rioja?

  • El consejo regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja persigue incrementar los controles y acotar las calidades de los vinos que se producen dentro de sus límites geográficos

  • Los Vinos de Municipio de Rioja despuntan por las particularidades de ciertos territorios de menor tamaño gracias al terreno, una climatología concreta y su cultura

  • El culmen es la calificación de Viñedo Singular de Rioja a partir de un terruño y una uva especiales de los vinos de autor

El vino y toda la “maquinaria” que lo acompaña no tiene freno. Cada una de las denominaciones de origen españolas centra sus esfuerzos en destacar, evolucionar e innovar para seguir creciendo y amoldarse a los gustos y a las preferencias de los consumidores. En Uppers hemos salido de la ciudad y nos hemos acercado a los viñedos. Queremos conocer cuál es la nueva Denominación de Origen de los vinos Rioja, el Vino de Municipio que está despuntando junto al Viñedo Singular.

Nos hemos reunido con un experto bodeguero para que nos explique qué es un Vino de Municipio y qué es el Viñedo Singular y en qué se diferencian del resto. El objetivo que persigue el consejo regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja (DOC Rioja) es incrementar los controles y acotar las calidades de los vinos que se producen dentro de los límites geográficos de la denominación.

La zona abarca las provincias de La Rioja, Álava, Navarra y una bodega de la localidad de Miranda de Ebro, Burgos. A su vez, la DOC divide todo ese territorio en tres zonas que se diferencian entre ellas por el clima: Rioja Alta, Rioja Oriental (antes conocida como Rioja Baja) y Rioja Alavesa. En la Rioja Alta y Alavesa el clima es más frío con unos vinos que suelen ser más ácidos y en la Oriental el clima es continental lo que les aporta más color y cuerpo.

Los vinos de cada una de esas Zonas se distinguen por sus propias particularidades de modo que los consumidores eligen y disfrutan de aquel que se acerque más a sus gustos. La DOC establece como requisito que los procesos de elaboración, embotellado y todas las uvas procedan de viñedos de la zona concreta, además de otras muchas condiciones. Solo hay una concesión: se permite la utilización de un 15% de uvas de los viñedos de las poblaciones limítrofes a esa zona determinada, siempre que se certifique que el viñedo ha sido controlado por la bodega durante los últimos 10 años.

El Vino de Municipio de Rioja

No obstante, dada las diferentes particularidades de ciertos territorios de menor tamaño debido al terreno, la climatología y sus aspectos culturales, la DOC Rioja ha creado el Vino de Municipio como una denominación más específica. De este modo, las bodegas de esos municipios destacan por ofrecer vinos de una calidad similar.

Así, las localidades de Cenicero, Labastida o Elciego ya cuentan con varios Vinos de Municipio. El funcionamiento y los requisitos de esas bodegas para que sus caldos sean acogidos bajo el paraguas de Vino de Municipio es el mismo que el de las bodegas que pertenecen a las grandes Zonas de la Rioja Alta, la Oriental o la Alavesa.

Igualmente, el Vino de Municipio se debe elaborar, criar y embotellar con uvas del municipio exclusivamente, un territorio que se ha acotado de antemano con unos límites geográficos. Como sucede en las Zonas, las bodegas tienen la posibilidad de emplear un 15% de uvas de los viñedos de poblaciones limítrofes al municipio, con la condición de que certifiquen que los han controlado durante los últimos 10 años. De todos modos, cualquier Vino de Municipio también se encuentra bajo el paraguas de la Zona de la DOC Rioja.

El Viñedo Singular, el máximo exponente de los vinos de autor

A su vez, se ha creado otra categoría más, el Viñedo Singular, para darle el protagonismo que merecen a los máximos exponentes de los vinos de autor. Estos se distinguen del resto gracias a las peculiares y sobresalientes características de un terruño exlusivo despuntando con unas uvas de categoría especial.

En este caso, las condiciones para actuar bajo el marco de Viñedo Singular son más exquisitas y se complican. Deben cumplir todas las condiciones de vinos de Zona y Vino de Municipio y a partir de ellas reunir otras más meticulosas, como que la uva debe proceder exclusivamente de parcelas que constituyan el Viñedo Singular, sin excepciones, con una sola parcela catastral o varias, pero bien acotadas.

Por supuesto, la elaboración, crianza, almacenamiento y embotellado debe llevarse a cabo dentro de la misma bodega y la edad mínima de los viñedos se define en 35 años. Entre otros requisitos destaca la obligatoriedad de una vendimia manual y una producción máxima de 5.000 kilogramos por hectárea en las variedades tintas y 6.922 kilogramos por hectárea en las variedades blancas.