Despídete de tu hámster con la nueva ley: las mascotas que ya no podrás tener en casa

Las mascotas más populares en nuestro país son los perros, los gatos y los pájaros, pero algunas personas prefieren la compañía de animales mucho más exóticos. Pues bien, la nueva Ley de Bienestar Animal que tramita el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030  implica una serie de cambios en cuanto a los animales que se pueden tener en casa y los que están prohibidos.

La ley tiene como objetivo la preservación del equilibrio del ecosistema, puesto que, de lo contrario, podría afectar a las especies autóctonas. La norma señala  que los animales permitidos deben pertenecer a una especie fácil de llevar respecto al ambiente, comportamiento y necesidades fisiológicas.

Los animales no permitidos en el hogar

Asimismo, para manejar una especie en cautividad se debe cumplir que esta no suponga un peligro para las personas (ya sea por conducta, veneno o tamaño) y que no exista ningún indicio de que si el animal se escapa, o se abandona, pueda colonizar hábitats y causar daños. 

Por tanto, la  la lista de animales no permitidos en el hogar queda así:  

  • Conejos y roedores: Este grupo incluye ratones, hámsters, chinchillas y cobayas.
  • Tortugas: Este animal posee algunas especies más vulnerables. No hay que olvidar que las tortugas en libertad compiten por la comida con las especies autóctonas.
  •  Aves: Las cotorras, los agapornis o los periquitos, entre otras especies no autóctonas que se crían en España.
  • Reptiles exóticos: Se incluyen serpientes, iguanas, lagartos de todo tipo, camaleones o geckos, ya que forman parte de la categoría de especies no autóctonas.
  • Arañas: No están permitidos debido al riesgo que conllevan, ya que podrían portar enfermedades muy peligrosas para los seres humanos.
  • Cerdo vietnamita: Si son abandonados tienden a mezclarse con los jabalíes, lo que origina superpoblación.
  • Erizo: Supone un peligro para las especies autóctonas.

Sanciones y multas

Se estipulan unas sanciones y penas para quienes incumplan la norma. Esta nueva ley viene acompañada de una reforma del Código Penal para castigar con más dureza el maltrato animal. Habrá penas de cárcel entre 18 y 24 meses si muere el animal; de 36 meses si hay más de una agravante; y se podrá inhabilitar entre cinco y diez años para vivir o trabajar con animales.

De esta forma, las infracciones leves pueden ser sancionadas con multas de entre 500 y 10.000 euros, las graves con 10.001 a 50.000 y muy graves de 50.001 a 200.000.

España no es el único país de la Unión Europea que cuenta con una legislación de estas características. Países Bajos, Bélgica, Reino Unido, Alemania o Finlandia también recogen en sus respectivas normativas varias especies cuya tenencia en casa está prohibida.