Conducir en chanclas o llevar la colchoneta: multas a las que te expones al salir en coche de la playa

  • La llegada del verano abre el abanico de multas que nos pueden caer, la mayoría, por intentar luchar contra el calor al volante

  • Algunas infracciones nos pueden costar hasta 200 euros de multa y 3 puntos del carnet

  • Antes de ir a la playa asegúrate que tu atuendo y los bártulos que lleves están bajo control

El verano y el calor son dos aliados prácticamente imbatibles a la hora de aumentar las posibilidades de ser multados por una u otra cosa. Conducir con chanclas, ir sin camiseta, pasar del cinturón de seguridad por el calor y porque es un desplazamiento “ahí al lado”, llevar el portón trasero abierto para que circule el aire, sacar los pies por la ventana, medio cuerpo por el techo solar… la mayoría son conductas irresponsables que no son de recibo y, por supuesto, si los agentes de la autoridad te pillan, serás multado ipso facto. Unas son más leves, otras son más graves, pero lo que está claro es que todas se pueden evitar y si sabemos lo que no hay que hacer cuando vas o vienes de la playa, tendremos más posibilidades de disfrutar del veranito sin que nadie nos lo fastidie.

Conducir en chanclas, descalzo o con una toalla enroscada a la cintura o en alguna parte del cuerpo son de las más comunes, y también las que acarrean el mayor número de multas. El caso es que la ley no prohíbe estrictamente estas prácticas pero la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Guardia Civil se guardan el derecho a interpretar cada situación y, aunque es algo subjetivo, los agentes de la Benemérita son los encargados de evaluar y sancionar en su caso, si el calzado o la vestimenta supone un peligro para la conducción, la circulación y los demás integrantes de la vía, y por tanto, pueden multarte, siempre bajo su propio criterio.

A vueltas con las chanclas o calzado “suelto”

Así por ejemplo, tu crees que tus fantásticas chanclas de cuero que te pillaste el año pasado en Ibiza te sujetan el pie y no suponen un peligro para la conducción pero si un agente de la autoridad estima que se puede soltar y engancharse en los pedales, ya puedes ponerte como quieras que te va a caer una buena multa. Es lo que hay. De nuevo, según la consideración de los agentes, la multa irá de 80 a 200 euros en función de la gravedad. Incluso te pueden quitar tres puntos del carnet de conducir. Conducir sin camiseta puede conllevar la misma multa y sanción que hacerlo con chanclas. Amén de rozaduras en la piel, pegarte a los asientos de cuero e incomodar la conducción, etcétera.

La propia Guardia Civil en sus Redes Sociales lo ha dejado claro últimamente: “No está específicamente prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser sancionado por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos para controlar bien los pedales”, comentan en su cuenta oficial de twitter.

Hay varios artículos del código de circulación que señalan que toda acción que impida la conducción segura tanto para el conductor como para el resto de ocupantes del vehículo debe ser sancionada. En concreto los artículos 3.1, 17.1 y 18.1,

Si hablamos de gorras, sombreros, pamelas, etcétera, también “abrimos otro melón” discutible y sancionable. Los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo y mantener su propia libertad de movimientos, para lo que el campo de visión debe estar despejado y el conductor atento a la conducción. En el tema de gorras y sombreros, todo está permitido siempre y cuando “Mantengas la vista y las orejas destapadas”. Si empleas cualquier objeto o utensilio que merme tus capacidades auditivas y no prestar atención a todo lo que sucede en carretera tendrás tu correspondiente multa.

¿Comer un heladito? ¿Beber un refresco?

Mal. El conductor no puede comer ni beber cuando está al volante. La explicación cae por su propio peso: si todos los sentidos no están en plena atención a la conducción, la realización de estas actividades es una infracción que conlleva sanción. Sí lo puedes hacer con el coche estacionado, no vale hacerlo en un semáforo en rojo, por ejemplo, o en un atasco. Ojo que la multa, aunque sea leve, asciende a 100 euros.

Antes hablábamos de las toallas enroscadas como peligro para la conducción, pero ojo que llevarla a los pies para ir secándote mientras conduces o no manchar las alfombrillas, o incluso suelta en el salpicadero, también puede acarrear multa. Incluso llevarla debajo del trasero, para que el bañador no moje el asiento, puede costarnos dinero si se interpreta como un problema por parte del agente. El conocido “efecto submarino”, que el cuerpo resbale por debajo del cinturón de seguridad, es mucho más fácil que se dé si ponemos una toalla encima del asiento. Da igual que sea una toalla, un cojín o una almohada. Incluso un flotador. Ojo con esto.

Por último, pero no menos importante…

Y ojo con esta última, que pasa muy pocas veces, pero en ocasiones puede darse y también nos puede costar dinero: si aparcamos en la arena de la playa y al salir levantamos polvo o algo de arena, con tan mala suerte que la matrícula acaba sucia o ilegible… la autoridad competente nos puede multar hasta con 200 euros, según el artículo 64.4 de la Ley de Seguridad Vial.

Otras prácticas que no tienen que ver con objetos también son sancionables. Llevar los pies en el salpicadero, o por fuera de la ventanilla, incluso sacar medio cuerpo por el techo para que nos dé el aire, son “multables”. Y por supuesto, cae por su propio peso, ojo con colchonetas, flotadores, neveras, sillitas, sombrillas… cualquier objeto playero debe ir correctamente situado y sujeto en los lugares apropiados. Si el agente de turno huele algo de peligro… te va a tocar rascarte el bolsillo.

Por supuesto, sea verano o invierno, lanzar objetos desde el coche, no llevar la documentación obligatoria, llevar cascos o auriculares o no circular correctamente por el carril derecho y en el sentido adecuado sin motivo justificado puede acarrear la correspondiente multa… y echar por tierra tu descanso y merecido disfrute en vacaciones. Avisado estás J

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