No te dejes el abrigo puesto en el coche: puede caerte una multa con las nuevas normas de la DGT

  • Además del abrigo, llevar los guantes y la bufanda puestos también es motivo de sanción

  • La DGT asegura que la temperatura dentro del coche, para una conducción óptima, debe oscilar entre los 21 y los 23 grados

Siete de la mañana. Cinco grados. Coche aparcado en la calle. Acabas de salir de casa después de tomarte tu primer café. Caliente. Bien tapado. Te montas en el vehículo tal cual, con el abrigo, la bufanda y los guantes. ¿quién no ha vivido esta situación durante años? Poner la calefacción y que el aire salga helado. En la mente de todos está el: me quedo así y ahora, cuando se caliente, ya me quito capas. Pues ahora, esta simple acción, es motivo de infracción y, por lo tanto, multa.

200 euros, pero sin pérdida de puntos

Ahora mismo, segura que te estás preguntado cuál es el motivo de la sanción. La respuesta es sencilla: la falta de movilidad. Esto afecta a la seguridad del piloto y al resto de coches que circulan por la vía. Es similar a lo que ocurre cuando en verano circulas con unas chanclas que no te sujetan el pie, cuando las llevas puestas. Ambos casos están amparados en el Reglamento General de la Circulación, en el artículo 18.1 que dice así: "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimiento, el campo necesario de visión, y la atención permanente a la conducción que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".

La cuantía a pagar en caso de no cumplir esta norma asciende a 200 euros, pero no implica una pérdida de puntos, al menos de momento. Pero ¿realmente te va a parar un policía si te ve circular con el abrigo puesto? La respuesta es no, siempre y cuando estés conduciendo de forma apropiada. El problema es cuando no lo estás haciendo bien, vas demasiado rápido, con movimientos muy bruscos, suponiendo un riesgo para el resto de los conductores y, además, llevas esta prenda puesta.

Según la DGT la temperatura dentro del coche, para una conducción óptima, debe oscilar entre los 21 y los 23 grados. Hacerlo por encima de los 25 conlleva una pérdida de atención y concentración y se incrementa, además, el riesgo de sufrir un accidente hasta en un 20%.

Otras multas 'de invierno'

Dentro del mismo saco que el abrigo, se incluyen dos complementos que ya hemos mencionado anteriormente, la bufanda y los guantes. Ambos dificultan el correcto manejo del automóvil y reducen la capacidad de reacción ante imprevistos. En este caso, cono en el anterior, la sanción dependerá de lo que considere el agente.

Un poco más barato, 80 euros, te costará no rascar bien el hielo por las mañanas, llevar los cristales tan sucios que impidan una visibilidad nítida o tener la escobillas en mal estado, ya que te ponen en riesgo a ti y a los demás. Las luces también son motivo de multa. No llevar las de cruce encendidas mientras atardece, de noche, dentro de los túneles o los días de condiciones meteorológicas adversas, te valdrá 200 euros, lo mismo que tener las largas dadas cuando no corresponde o parar en el arcén sin motivo claro y sin señalizarlo correctamente. En cuanto a las cadenas, uno de los accesorios invernales, llevarlas sin necesidad o no hacerlo cuando son necesarias tiene el mismo coste. Te recordamos que son obligatorias cuando veas la señal R-412 o si un agente te lo requiere.