¿Qué enfermedades te puede impedir renovar el carnet de conducir?

  • Existen condiciones médicas que afectan directamente a la conducción, bien sea por su propia naturaleza o bien sea por los medicamentos o tratamientos que conlleva

  • Puede ser que el hecho de padecer una de estas enfermedades sea el motivo que impide renovar el permiso de conducir

  • Se calcula que cada 12 meses, unas 26.000 personas en España no pueden renovar su carné de conducir

La obtención del carné de conducir es algo riguroso que exige tanto de pruebas físicas como de pruebas sobre conocimientos y habilidades para la conducción. Para muchas personas tener el carné de conducir es una necesidad, pues su trabajo depende en gran parte o en total medida del carné de conducir.

La mayoría de las personas interesadas en obtener el carné de conducir se preparan en academias o autoescuelas, se examinan y posteriormente pasan la prueba psicotécnica. Esta prueba es un requisito indispensable para la obtención del carné de conducir en España. Se calcula que cada 12 meses, unas 26.000 personas no pueden renovar su licencia por alguno de estos motivos que contempla la Dirección General de Tráfico (DGT).

La Dirección General de Tráfico no permite conducir a cualquiera. Es por ello que ante la primera obtención del permiso de conducir y las sucesivas renovaciones, es imprescindible superar un control médico en el que se confirmen las facultades mentales y médicas para poder circular por la vía pública. En dicho análisis, el profesional encargado del mismo realiza un cuestionario médico en el que se pregunta por dolencias, enfermedades o antecedentes médicos que sean relevantes para la conducción.

En algunos casos la sorpresa salta en la misma revisión médica, ya que la decisión final no siempre se basa en el tipo de enfermedad, sino en los síntomas que tiene o las limitaciones que puede provocar a la hora de conducir. Esta decisión médica, por tanto, lo que implica es que no se puede obtener el carné de conducir.

El examen psicotécnico consiste en una serie de pruebas físicas y psíquicas que analizan la capacidad de las personas para conducir. Analizando su capacidad de reacción, su visión y su estado de salud en general. Lógicamente este tipo de pruebas no pueden verificar el 100% las enfermedades que tienen los conductores.

Muchas personas las omiten para no perder su permiso de conducir. Por lo que no se puede garantizar que todos los conductores que circulan en la actualidad por nuestras carreteras estén plenamente capacitados para conducir un vehículo. Así, la DGT dispone de un listado completo de enfermedades y dolencias que en el caso de padecer estará prohibido obtener el carné de conducir y, por tanto, manejar un vehículo.

Enfermedades con las que no se puede conducir

Digestivas

  • Trasplante renal: se puede renovar el permiso si han pasado más de seis meses desde la intervención.
  • Nefropatía con diálisis: un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años.

Oncológicas

  • Dolencias oncológicas: se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existen dolencias.
  • Trastornos oncohematológicos: sin dolencias graves durante, mínimo tres meses, se puede renovar hasta un año.

Vasculares

  • Aneurisma de grandes vasos: solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.
  • Disección: renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica.

Psiquiátricas

  • Delirium, demencias y trastornos de ansiedad
  • Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad
  • Ansiedad y depresión
  • Trastorno del sueño
  • Trastorno obsesivo compulsivo
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • TDH
  • Abuso y dependencia del alcohol
  • Abuso y dependencia de drogas

Crónicas y degenerativas

  • Alzheimer
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica
  • Temblor esencial
  • Esclerosis múltiple
  • Distrofia muscular
  • Osteoporosis
  • Parkinson
  • Artritis reumatoide

Endocrinas

  • Hipotiroidismo y paratiroides: solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente: tras informe favorable, la renovación puede ser entre 1 y 5 años.

Cardiacas

  • Arritmias: la pérdida de atención inhabilita para la conducción.
  • Infarto agudo de miocardio: debe transcurrir mínimo tres meses desde el suceso para poder renovar la licencia.
  • Portadores de prótesis valvulares: mismo caso que con el infarto.
  • Portadores de marcapasos: hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable.
  • Portadores de desfibrilador automático: como el caso anterior.

Respiratorias

  • Apneas de sueño: solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia y existe un informe favorable del médico.
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: Sin posibilidad de renovar.

Neurológicas

  • Accidente isquémico transitorio: se puede ampliar un año la licencia si hay un informe favorable.
  • Crisis o pérdida de conciencia: imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año.
  • Epilepsia: si es la primera vez que ocurre o más de un año sin episodios, un informe favorable podrá dar vigencia al carnet entre 1 y 10 años.