Ni media caña: los conductores a los que Seguridad Vial quiere baja el nivel permitido de alcohol a casi 0,0

  • La legislación actual permite circular a los conductores noveles y profesionales con una tasa de alcohol por litro de aire de 0,15 miligramos

  • Seguridad Vial pretende bajarla hasta 0,10

  • Según la DGT, los mayores de 65 años fueron el segundo grupo con más muertes en la carretera en 2019, con 210 fallecidos

Sales de la cena familiar con tu pareja e hijos. Esta vez te tocaba conducir a ti, así que has cambiado el vino por el refresco para asegurarte de que no haya sustos en la carretera. Cuando sales de la rotonda y encaras la autopista para regresar a casa, un coche se te cruza y os quedáis muy cerca de chocar. A la salida de la autopista hay un control: él da positivo y tú no. Es una escena que, aunque no es cotidiana, sucede en muchas ocasiones. Para estrechar todavía más el cerco a los conducen bajo los efectos del alcohol, la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados ha planteado una serie de medidas al gobierno que limitan las tasas de alcohol a los conductores noveles y profesionales. Estas son algunas de las claves.

Tasa de alcohol actual

Actualmente, las tasas de alcohol varían según el conductor sea novel o no. Para los que circulan teniendo el carnet desde hace dos años o menos, la tasa de alcohol permitida son 0,15 miligramos por litro de aire. Al pasar la barrera de los dos años, pasa a ser de 0,25 miligramos por litro de aire. Nos referimos a esta medida porque es la que más se conoce, la que aparece en los alcoholímetros durante los controles de la policía.

Qué se plantea

La inciativa de la Comsión de Seguridad Vial del Congreso quiere reducir las tasas de alcohol en los conductores noveles y los conductores profesionales, tales como camioneros o conductores de transporte público. La medida consistiría en bajar de 0,15 a 0,10 miligramos por litro de aire y varios tipos de conductores se verían afectados:

  • Conductores noveles (menos de dos años de antigüedad en posesión del carnet de conducir)
  • Conductores de transporte de mercancías (masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos)
  • Conductores de transporte de más de 9 plazas
  • Conductores de transporte de mercancías peligrosas
  • Conductores de servicio público (autobuses), de transporte escolar o de menores
  • Conductores de servicios de urgencias (ambulancias)

Sanciones

Las sanciones actuales se aplican desde el momento en que el conductor supera la tasa de 0,15 miligramos por litro de aire. Entre 0,15 y 0,50, la multa es de 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet. Más de 0,50 supone una multa de 1.000 euros y seis puntos. A partir de 0,60, la infracción se pasa a considerar delito y puede acarrear desde penas de prisión de 3 a 6 meses hasta la retirada de del derecho a conducir de 1 a 4 años, además de posibles trabajos en beneficio de la comunidad.

Ahora, la multa para estos conductores sería efectiva desde el momento en el que el alcoholímetro supera los 0,10 miligramos por litro de aire.

Los mayores de 65, grupo vulnerable en la carretera

Hace unas semanas, la Fiscalía de Salamanca pidió a nivel estatal que los mayores de 65 años llevaran un distintivo con una 'M', al estilo de la 'L' de los conductores noveles, para protegerles en la carretera y que los demás conductores sepan que conduce una persona de edad avanzada. No es de extrañar, teniendo en cuenta los datos de la Dirección General de Tráfico, que establecen que los mayores de 65 años fueron el segundo grupo de edad con más fallecidos en la carretera en 2019, con 210 muertes.