Ni una caña si tu hijo coge la moto o la bici: las multas por la tasa 0'0 de alcohol que va a entrar en vigor

  • En unos días llegan nuevas medidas con la Ley de Tráfico, como la tasa 0'0 de alcohol

  • Esta norma por el momento solo afecta a menores de edad, que pueden manejar patinetes, motos de menos de 125 cilindradas o ciclomotores

  • Para el resto de los conductores las tasas de alcohol se mantienen como hasta ahora

Marzo, el mes en el que llega la primavera y también entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y las nuevas medidas vienen cargadas de novedades a tener en cuenta para evitar llevarte una multa o perder unos cuantos puntos de tu carnet. Con todo ello la Dirección General de Tráfico (DGT) pretende lograr una conducción más responsable y que las actitudes peligrosas y más temerarias se reduzcan cada vez más. El día 21 de marzo llega una de las medidas estrella y más llamativas de la Ley: el consumo 0'0

Los menores de edad y la tasa 0'0

Si bien esta medida abre la veda para el objetivo marcado en 2050 de cero víctimas en accidentes de tráfico, por el momento no afecta a todos los conductores, solo a un pequeño segmento de la población que se mueve por la carretera. Se trata de los conductores menores de 18 años que pese a no poder coger coches, sí algunos vehículos.

Pese a no tener acceso al permiso B1 de conducir, los menores de 18 años pueden circular con algunos vehículos: ciclomotores y cuadriciclos ligeros, patinetes eléctricos. ¿Por qué se ha decidido instaurar esta medida? Principalmente para acabar con los casos de jóvenes que pasean con estos vehículos, especialmente en patinetes, por las ciudades en estado de embriaguez y así fomentar la conducción responsable desde edades tempranas.

Por tanto, con la nueva tasa 0'0 no se podrá detectar ni la más mínima cantidad de alcohol tanto en sangre como en las pruebas de aire espirado. Y ojo, porque a partir de ese día las multas por incumplir esta norma estarán entre los 500 y los 1000 euros. Así que cuando tu hijo sale por ahí con sus amigos, si bien aún no puede beber alcohol legalmente, mejor que no lo haga si va a coger alguno de los vehículos mencionados porque en caso de que le pare las autoridades y sobrepase ese 0'0, habrá una multa.

¿Qué pasa contigo y con el resto de los conductores? Pues por el momento la norma no cambia y seguirán vigentes las tasas actuales, no pudiendo superar los 0'5 g/l de alcohol en sangre y 0'25 mg/l en aire espirado para los conductores generales, mientras que para los profesionales y los noveles la tasa se sitúa en 0'3 g/l en sangre y 0'15 mg/l en aire expirado.

Otras medidas nuevas

Hay otras medidas que llegan con la nueva Ley, como el castigo por el uso del móvil al volante. Solo por llevarlo en la mano, aunque no lo uses, perderás seis puntos de tu carnet. Cuidado también cuando adelantes a un ciclista, ya que hay que dejar una separación mínima de 1'5 metros, de lo contrario, otros seis puntos menos. Y hablando de adelantar, ya no se podrá rebajar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad en las carreteras convencionales cuando se adelanta a otros vehículos.