Con mi furgoneta, al fin del mundo: multas a las que te expones viajando en autocaravana

  • Ojo porque en algún punto de España podemos incurrir en infracciones sancionadas con hasta 6.000 euros

  • Te explicamos las seis multas más frecuentes que te pueden poner este verano por tu cámper

Es la moda de este verano. Los negocios de autocaravanas no sólo proliferan, sino que las listas de espera son increíbles y la mayoría no pueden hacer frente a todas las peticiones que tienen, de ahí que los precios no hagan más que subir. Y es que el maldito coronavirus ha provocado que, por precaución, muchas familias eviten hoteles, restaurantes y lugares concurridos y qué mejor que disfrutar de parajes espectaculares pudiendo despertarse y contemplarnos por la misma ventanilla. Playa o montaña, tú decides.

No es que las autocaravanas, cámper, multiván, furgonetas, o como quieras llamarlas, estén de moda, es que ahora mismo parece que no eres nadie si no has planeado unas vacaciones este verano con tus familia o amigos con una de éstas como protagonista. Sin duda son una buena manera para restringir el contacto con la gente en este periodo en el que parece que estamos cerca de vencer al virus, pero a la vez, desconocedores del mundo cámper, podemos incurrir en una serie de multas que no sólo pueden arruinar nuestras vacaciones, sino también acabar con los pocos ahorros que tengamos.

Para que te hagas una idea, hoy mismo una amiga de la familia nos ha mandado unas fotos de la autocaravana con la que se va a ir de vacaciones una semana con otras tres amigas. Pagan 900 euros por 7 días y la van a compartir entre cuatro. Algo apretados van a dormir, no nos engañemos. Hace dos o tres veranos habrían pagado poco más de la mitad, pero la ley de la oferta y la demanda es lo que tiene.

Pero vamos a lo que vamos. Estás acostumbrado a conducir un coche y, seamos sinceros, no tienes ni idea de las peculiaridades que conlleva ponerse al volante de un vehículo tan grande, pesado y voluminoso como una autocaravana. Al menos no necesitas un carnet especial, así que algo ya tenemos ganado. La cuantía de las multas depende mucho de lo que hagas y dónde lo hagas, porque cada Ayuntamiento y Comunidad tiene sus propias normas y también sus propias sanciones. Ojo porque por menos de nada te levantan 6.000 euros sin que casi te des cuenta.

Hemos seleccionado las 6 multas más frecuentes. Hay que leer y conocer mucha letra pequeña para intentar no incurrir en infracciones, pero con un poco de prudencia y mano izquierda podemos lograrlo.

Aparcamiento indebido

En principio, las normas de aparcamiento de una cámper son iguales que las de un turismo, luego podemos aparcar en los mismos sitios donde podríamos aparcar un coche a no ser que haya una señal relativa a las caravanas que lo impida. Además, por norma, se puede pernoctar en nuestro vehículo siempre que no superemos los límites del vehículo, hablando en plata, no puedes dormir fuera de él. Sin embargo, el Artículo 93 del Reglamento General de Circulación deja la legislación final en manos de los Ayuntamientos. Así, cada municipio tiene sus propias normas y no está de más documentarse antes de viajar. Al igual que los coches, aparcar mal, en función de la gravedad, puede oscilar entre 100 y 200 euros.

Pernoctar o acampar

La Ley dice que la acampada es libre en España. La Orden 29 de 1966 lo determina, pero cada municipio tiene plena potestad y la realidad es que cada vez quedan menos sitios de acampada libre. Da igual que acampes o pernoctes si lo haces en reservas o parques naturales. La cifra más común es la de 5.000 euros de multa. Como avanzamos antes, pernoctar es dormir en la caravana sin salir de ella y sin modificar las dimensiones del vehículo. Acampar es desplegar elementos de la caravana, sacar útiles y utensilios fuera de la misma, dormir en el exterior… Si vertemos líquidos al exterior o cocinamos en la calle es más que probable que los agentes también lo consideren acampada y puedan multarte. Para considerar que la autocaravana está aparcada es fundamental que las ruedas estén en contacto con el suelo y el vehículo no esté calzado.

Para que te hagas una idea, hacer acampada libre sin autorización en las playas del Delta del Ebro puede conllevar una multa que alcance los 6.000 euros. Si lo haces en una ciudad como Zaragoza, la multa es tan leve como 50 euros. Si es falta grave, puede ir de 250 a 500 euros. Como ves, cada sitio tiene sus normas y su cuantía de multas.

Acampar o estacionar en la costa

Fundamental que te enteres siempre de cuáles son las zonas habilitadas para ello. Más que nada porque la Ley de Costas prohíbe la circulación, acampada y estacionamiento en las playas y en sus zonas de influencia. Sólo podrás estacionar en las zonas autorizadas. La sanción más común por acampar en la playa es de 40 euros por metro cuadrado. Por circular o estacionar lo normal oscila entre 50 y 150 euros dependiendo de cada sitio. También si usas o bloqueas zonas del dominio público marítimo-terrestre y sus zonas de servidumbre. Depende de la gravedad, suelen partir en 150 euros.

Exceso de velocidad

Si la caravana no es un remolque, sino un “todo”, no pasa de 3.500 kilos de peso, los límites de velocidad son los convencionales de los turismos, 120 km/h en autovías y autopistas y 90 km/h en carreteras convencionales. Y en ciudad, las que sean en cada caso. Pero ojo como lo que manejemos sea una furgoneta camperizada sin homologar, ya que la limitación seía de 90 km/h en autopistas y autovías y 80 km/h en carreteras convencionales. Los vehículos mixtos adaptables tienen un límite de 100 y 90 km/h, respectivamente. Para cualquier duda al respecto, ver el Real Decreto 1514/2018 de 28 de diciembre de 2018.

Espacios protegidos

Ojo porque aquí nos vamos a los 5.001 euros, en función de la Ley de Evaluación Ambiental de 2013. Está prohibido estacionar y acampar en espacios protegidos, sólo se puede en los lugares especialmente habilitados para ellos. Si lo haces en zonas no permitidas o circulas por vías no autorizadas, abandonas basura, realizas acampada sin permiso, etcétera, también te puede caer una multa de las gordas. Si además, dañas o deterioras la zona el importe puede incrementarse aún más.

Personalizar la autocaravana y sobrepasar la masa máxima autorizada

Te puedes volver loco cargando equipaje en la autocaravana y superar la masa máxima autorizada en la correspondiente ficha técnica. La Guardia Civil puede acompañarte diligentemente hasta una báscula de pesaje y ojo porque las multas, según la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, van desde los 301 euros a los 4.000. También puede darse el exceso de peso cuando “personalizas” la cámper sin ton ni son. Hay límites en el tuneado y cualquier apéndice que pongas que no esté homologado puede suponerte un problema económico, amén de excederte en el peso. Ojito con alerones, anclas, tablas de surf, etcétera, que no todo vale y te puede afectar al bolsillo.

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