Me han multado varias veces por la misma infracción: ¿es posible o ha sido un error?

  • Aunque parezca mentira, a tu buzón puede llegar más de una multa por la misma infracción

  • Esto no siempre ocurrirá, será cuando los hechos no coincidan en el tiempo, como la caza de dos radares diferentes

  • En otros casos, sin embargo, solo se contabilizará una, ¿cuándo?

Aparcar donde no debemos, pisar el acelerador más de la cuenta o forzar pasar con el semáforo en ámbar cuando justo cambiaba a rojo. Estas tres acciones pueden tener una consecuencia que no nos gusta a nadie: una multa. Peor aún es si nos llega más de una pero, ¿cómo va a pasar eso? Lo cierto es que en ocasiones nos puede llegar más de una sanción por la misma infracción, ¿es posible o un simple error? Pues dependerá, ya que puede ocurrir que nos llegue más de una como que sea un error.

Misma multa, pero no coincide en el tiempo

Comencemos con los supuestos en los que sí te pueden llegar varias multas por la misma infracción, cuando esta se comete en un lugar o momento diferente. Por ejemplo, si estás conduciendo y excedes los límites de velocidad en una carretera constantemente, primero puede que te pille un radar, pero más adelante, en otro punto kilométrico, te localiza un segundo. ¿Crees que te vas a librar de la segunda? Pues lo cierto es que no, tendrás que enfrentarte a las dos cuando lleguen al buzón de tu casa.

Lo mismo ocurre, por ejemplo, si te saltas un semáforo cuando llegas tarde al trabajo y te caza una cámara. Aquí hay una multa y, en caso de que ese mismo día vuelvas a saltarte otro semáforo en rojo, caerá una segunda porque son totalmente diferentes y no coinciden en el tiempo.

Cuándo no se puede

Pero también hay supuestos en los que no pueden sancionarte más de una vez. Es en el caso de que por el mismo hecho que has repetido, una infracción continuada, no hayas recibido la notificación de la denuncia, por ejemplo por estar mal aparcado. El artículo 63.3 del Procedimiento Administrativo común de las administraciones públicas dice que "no se podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificados como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo".

Es decir, aparcas mal, o en un lugar donde no puedes, durante tres días y te llevas una multa por cada jornada. Si te notifican todas a la vez e inician un procedimiento por cada una, esas tres multas se reducen a una porque el conductor no tenía constancia y se tratan de un mismo hecho.

Otros casos en los que se ha podido recurrir las sanciones continuadas ha sido, por ejemplo, con la entrada en vigor de Madrid Central gracias la vulneración del principio de confianza legítima, pues no se emitieron cartas informativas a los afectados por su entrada en vigor, por lo que los conductores tenían confusión.