Silla de bebé en el coche: las nuevas multas por no llevar bien a los más pequeños

  • En 2021 la cuantía de la multa es la misma, pero te quitarán más punto del carnet

  • Salvo excepciones, los niños, siempre en los asientos traseros y con SRI homologados

La mayoría de nosotros, los Uppers, sea por tener hijos , sea por tener nietos, nos vemos afectados por una nueva normativa que entra en vigor en 2021 al respecto de llevar niños pequeños o bebés en el coche. Como seguramente estas novedades te afecten, no deberías dejar de tomar nota de estos cambios que te pueden costar un pequeño disgusto. ¡Arrancamos!

Se puede leer en la web de la Dirección General de Tráfico (DGT) que el pasado mes de noviembre de 2020, el Gobierno aprobó un paquete de reformas legales para reducir los accidentes de tráfico. Entre esas medidas, algunas muy polémicas relativas a la velocidad o al uso del teléfono móvil, está la que afecta a la normativa sobre la correcta disposición de los Sistemas de Retención Infantil (SRI), más conocidos popularmente como “las sillitas infantiles y de bebés”.

Según la propia DGT en una nota de prensa del 10 de noviembre de 2020, y como corresponde a una “sanción grave”, “se eleva de tres a cuatro los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección”. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos, porque las consecuencias negativas para la seguridad del conductor y los ocupantes son las mismas. Los 200 euros de multa económica que estaban tipificados siguen vigentes, y correrán a cargo del conductor, responsable último de la marcha del coche y de sus ocupantes.

Si no están homologadas, no son seguras y te pueden multar

Hasta ahora estaban vigentes las tres fases del Reglamento número 129 de la CEPE (Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas) referente a las homologación de sistemas reforzados de retención infantil para coche. El grueso de esta normativa va a seguir en marcha a partir de la entrada en funcionamiento de las nuevas sanciones ya citadas en el párrafo anterior.

Las sillitas infantiles están sujetas a una estricta homologación por la normativa R129 i-Size de la Unión Europea. En ella se categorizan los diferentes sistemas en función de altura y peso y se pormenoriza ampliamente sobre las sujeciones ISOFIX y su tipo de anclaje.

Ojo con los pesos y las alturas de los niños

Desde el 1 de octubre de 2015, el Reglamento General de Circulación estableció que si tu hijo o tu nieto mide menos de 1,35 metros, la obligación de llevar el método de sujeción correspondiente a su peso y edad es insalvable, siempre en las plazas traseras, aunque hay alguna excepción, como que el vehículo en el que se desplaza el menor no cuente con asientos traseros, que los asientos de atrás ya están ocupados por otros niños en las mismas condiciones o que no sea posible instalar en los asientos traseros todos los sistemas de retención obligatorios. Una vez superados los 135 cm, se podrá hacer uso normal del cinturón aunque se recomienda que hasta que el niño no alcance los 150 cm, siga usando sillas con respaldo.

Aunque parece una tontería, nunca está de más comprobar que la silla infantil está totalmente anclada al vehículo y que el menor se encuentra bien colocado y sujeto. No sólo debe ir sujeto, sino lo más cómodo que se pueda en la medida de lo posible.

Los 4 puntos de retirada del carnet de conducir y los 200 euros de multa son el mal menor si pensamos las graves consecuencias que puede tener un accidente de tráfico con los niños sin las medidas de protección adecuadas. Mejor no pensar en las consecuencias y cumplir las normas a rajatabla.

Por si te queda alguna duda, repetimos: la multa, de 200 euros y retirada de 4 puntos del carnet, será para aquellos usuarios que no lleven a sus niños correctamente sentados en el coche con las respectivas sillas homologadas y/o no viajen con el cinturón de seguridad puesto. Saltarse la normativa estará considerado como una infracción grave dentro del código de circulación español.

Tamaños de silla

Una vez metidos en harina, no está de más recordar la normativa ECE R44/04 sobre el uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI) y las estaturas y tamaños adecuados. La edad es orientativa.

Grupo 0: hasta los 10 kg (hasta un año)

Grupo 0+: hasta los 13 kg (hasta 18 meses)

Grupo I: desde los 9 kg hasta los 18 kg (desde año y hasta los cuatro años)

Grupo II: desde los 15 kg hasta los 25 kg (desde los tres hasta los seis años)

Grupo III: desde los 22 kg hasta los 26 kg (desde los cinco hasta los 12 años)

No tendrás que comprar 5 sillas según tú hijo vaya creciendo, ya que hay sillas que cumplen con varios grupos (0/0+, 2/3, 1/2/3).

Según la ECE R-129 i-Size, la clasificación se hace por alturas. Las alturas exactas las define cada fabricante. Los rangos más habituales son:

De 40 a 85 cm (equivalentes al antiguo Grupo 0), instalación a contramarcha

De 45 a 105 cm (hasta 18 kg, equivalentes al Grupo 0+/I), instalación a contramarcha o normal

De 100 a 150 cm (de los 15 kg a los 36 kg, equivalentes al Grupo II/III), instalación normal

Como último consejo, siempre que puedas, se recomienda situar al bebé o al niño en la plaza central trasera, que es la que se controla más fácilmente por el retrovisor y se aleja al pequeño del peligro de los impactos laterales.

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