Prestación vinculada a servicio, el cheque que te saca del apuro mientras esperas la ayuda a la dependencia

  • Las cuantías van desde los 300 a los 715 euros al mes

  • Unas 180.000 personas reciben esta prestación

  • Vale para residencias, centros de día y ayuda a domicilio

El llamado cheque residencia puede ser un recurso útil mientras la administración le concede una plaza a tu familiar. Puedes elegir el centro de día, la residencia privada o el servicio de ayuda a domicilio que quieras, pero tendrás que pagar la diferencia de tu bolsillo. Te contamos cuánto da la administración y cómo solicitarlo. 

Qué es

La Prestación Económica Vinculada a Servicio, PEVS, el llamado cheque residencia, es una de las tres prestaciones económicas que ofrece la Ley de Dependencia, junto a la prestación por cuidados en el entorno familiar y la prestación por asistencia personal. Esta prestación se concede para contribuir a la financiación de una plaza de residencia o centro de día privado cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado.

Al solicitar las ayudas a la dependencia la administración realiza una valoración a la persona para la que se solicitan las ayudas, y establece un plan (PIAS) con los servicios o prestaciones a los que tiene derecho.

A menudo no hay plazas disponibles en residencias o centros de día, que pueden tardar en llegar incluso años. Para paliar esta situación, la ley ofrece a aquellas personas que necesitan una residencia o centro de día la Prestación Económica Vinculada a Servicio, PEVS, el llamado cheque residencia, una cantidad fija al mes que te ayude a contratar los servicios de forma privada.

Fundamentalmente se utiliza para ayudar a pagar residencias y centros de día, pero también se pueden contratar servicios de atención en el domicilio o de teleasistencia, depende de la CCAA donde resida el dependiente. Con el cheque se paga parte de los costes del servicio, pero el resto lo debe pagar la persona atendida.

Ventajas e inconvenientes

La ventaja fundamental de la PEVS es que puedes elegir la residencia o el centro de día donde atiendan a tu familiar. También es más rápida la tramitación, ya que la administración comprueba el grado de dependencia establecido y los niveles de renta y concede la ayuda. No hay que esperar a que queden plazas en una determinada residencia o centro de día de tu preferencia.

El inconveniente es que la ayuda no llega para cubrir el coste total de la atención, y el resto lo paga el usuario, con lo que las rentas más bajas no pueden acogerse a él.

Por otra parte, si finalmente quedan plazas públicas vacantes, tu familiar tendrá que pasar otro periodo de adaptación en una residencia o centro de día distinto al elegido por la familia en primera instancia.

Cómo se pide

La tramitación es la misma que para cualquier servicio atención a la dependencia. Se puede hacer de forma presencial, pero también por Internet en casi todas las CCAA. Una vez hecha la solicitud, un técnico valora el grado de dependencia de tu familiar, dicta el Plan Individualizado de Atención (PIA) donde se indica el recurso más adecuado para las necesidades de tu familiar, y te informa de los servicios disponibles.

Si el recurso designado es una residencia o un centro de día, y no hay plazas disponibles, pasas a lista de espera, y en ese momento se puede solicitar la PEVS.

Cuánto te dan

La cuantía depende del grado de dependencia de tu familiar y de la renta. Hay unas cuantías nacionales que van de los 300 euros al mes para dependientes de Grado I, hasta los 715 euros al mes para los de grado III. No obstante algunas CCAA incrementan esas cantidades. Por ejemplo, en Castilla y León en 2022 el cheque mínimo es de 405 euros, y el máximo llega a los 965 euros. En Valencia se alcanzan los 834 euros, en Álava se llega hasta los 1.030 euros y en Castilla-La Mancha se pueden cobrar hasta 1.400 euros.

Cuánto tardan

La Ley estipula que la administración tiene 6 meses para asignar el recursos establecido por el PIA, pero la realidad es que pueden pasar más de dos años hasta que se recibe, en función de la CCAA donde se resida. Las Comunidades donde más se tarda en recibir la ayuda son Canarias, 943 días, unos dos años y medio; Andalucía, 680 días; Cataluña, 580 días; Murcia 573 días; y Extremadura, 550 días. Por su parte, las más rápidas en tramitarlo todo son Castilla y León, 117 días; País vasco, 139 días; Cantabria, 141 días; Baleares, 181 días; Ceuta (49 días) y Melilla (182 días).

Qué opinan los expertos

Pese a que la PEVS es una solución eficaz para situaciones donde los recursos no alcanzan, algunas voces no están de acuerdo con el desarrollo que está teniendo en los últimos años. Las PEVS suponen cerca del 20% de todas las prestaciones de la Ley de Dependencia. La gran mayoría de ellas están destinadas al copago de residencias. Los empresarios residenciales ven con muy buenos ojos esta prestación, ya que supone dinero público seguro y sin demasiada supervisión. Para las administraciones es una fácil solución a la carencia de plazas, y sale más barato que financiar plazas públicas.  

La Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales alerta de que son necesarios más controles para que la empresa prestadora de servicios no pueda “evitar” a las personas usuarias que previsiblemente vayan a generar mayor coste y menor beneficio haciendo filtros previos.

Desde la asociación se alerta de "los peligros que representaría la prestación económica vinculada al servicio cuando nadie asegura que la persona usuaria no quede al albur de las condiciones que imponga el mercado y que su acceso no quede restringido a las personas con rentas medias y bajas y a las personas que requieran cuidados de alta intensidad", explican

También inciden en que en las PEVS hay "un impacto negativo para las personas usuarias cuando se les impone un primer copago (es decir, un descuento en la prestación en función de su renta y patrimonio) y un segundo copago, consistente en la obligación de asumir el importe del resto del servicio facturado más allá de la prestación", concluyen.