En qué queda al final el lío de las mascarillas en la playa: cuándo sí y cuándo no hay que ponérsela

  • La nueva ley obligaba, hasta ahora, a tener puesta la protección incluso cuando se está tomando el sol en la playa o caminando por la orilla del mar

  • Algunas comunidades autónomas calificaron de sinsentido esta normativa

  • Sanidad ha preparado un borrador en el que introduce varias excepciones, te las contamos

Con el mercurio marcando temperaturas más veraniegas que primaverales, la nueva normativa publicada en el BOE en la playa levantó más que ampollas. Por un lado, muchas autonomías se opusieron a esta medida. Baleares, Canarias, Cataluña, Cantabria, Comunidad Valenciana y Andalucía calificaron de sinsentido la norma, teniendo en cuenta que ya pasamos el año pasado por esta temporada estival con medidas diferentes y sin vacunas. Pero la queja no se quedó solo en los políticos, los corrillos de bañitas no hablaban de otra cosa e, indignados, desoían el cambio y era fácil verlos en el agua sin tapabocas. El jaleo ha sido tal que el Gobierno no ha tenido más remedio que rectificar y fijar unas medidas más laxas que establecen varios cambios de la propuesta inicial. Para aclararte el lío, te explicamos punto por punto cuándo debes llevarla y cuándo no.

Mascarilla obligatoria: paseos, accesos y hostelería

Como norma general, la mascarilla es siempre obligatoria. Eso debemos metérnoslo en la cabeza y pensar en un verano con la boca y la nariz todavía tapadas. Cuando hagamos la maleta para irnos unos días de descanso, tendremos que llevarla puesta en los accesos a la playa, lagos, piscinas, pozas naturales y demás entornos naturales. También en los baños y vestuarios de todos estos entornos, con una excepción, las duchas.

¿Y qué pasa con los estupendos paseos por la orilla? Este año el corte de camionero no va a ser en los brazos, va a ser en la cara. La mascarilla es obligatoria para pasear por la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos ya que la normativa no considera los paseos deporte individual, caso en el que estaríamos exentos de llevarla.

También habrá que tenerla subida cuando se permanezca en el exterior o en el interior de los establecimientos de hostelería si no se está comiendo ni bebiendo. Es decir, ya nos tenemos que olvidar de la idea de llegar a un chiringuito y quitarnos la mascarilla hasta que nos marchemos, ahora es obligatorio tenerla siempre puesta menos los momentos puntuales marcados anteriormente.

Cuándo me la puedo quitar

No será necesario su uso en los periodos de descanso antes o después del baño, es decir, mientras se toma el sol, siempre y cuando se guarde la distancia mínima de un metro y medio entre grupos de convivientes. También estás exento de llevarla cuando estés dándote un chapuzón o practicando algún deporte acuático porque, como ya sabemos, cuando las mascarillas se humedecen pierden completamente su efectividad y sería un sinsentido.

Tampoco será obligatorio su uso en actividades de socorrismo o rescate cuando requieran acceder al medio acuático. ¿Y puedo comer sentado en mi toalla? Es la última excepción y la respuesta es sí, siempre y cuando, como hemos explicado, se guarde la distancia de seguridad mínima entre grupos de no convivientes.