Cómo modificar el borrador de la declaración de la renta después de haberlo confirmado

La campaña de la renta arrancó el pasado 6 de abril y son miles las personas que ya han presentado su declaración. Sin embargo, como las prisas no son buenas consejeras, es posible que más de un contribuyente se haya percatado de que ha cometido una equivocación o un error tras haber confirmado ya el borrador. Si es tu caso, puede que te preguntes si es posible modificarlo una vez entregado a Hacienda. La respuesta es sí, es posible modificar una declaración de la renta. Aquí te explicamos cómo hacerlo.

Conviene tener en cuenta que no es lo mismo si el error cometido perjudica al contribuyente o a Hacienda. En cada caso habrá que realizar un proceso distinto.

Si el perjudicado es el contribuyente

Si el error o la omisión te ha causado un perjuicio porque la cantidad a devolver debe ser mayor que la estipulada o menor la cantidad a ingresar tienes que solicitar la rectificación de la declaración presentada. Eso significa volver a entrar en tu expediente de la renta a través de de Renta WEB. Tendrás que identificarte con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Una vez dentro deberás marcar la casilla de 'Modificar Declaración', de forma que se abrirá un acceso al último borrador que presentaste. Si hiciste varias versiones, el sistema te va a permitir elegir la autoliquidación que desees rectificar. Una vez hayas hecho los cambios deseados, tendrás que volver a confirmar la declaración, a través de 'Validar'. Para finalizar el procedimiento debes seleccionar 'Presentar Declaración'.

Hay dos situaciones en las que no se te permitirá solicitar la rectificación. En primer lugar, si la Administración ya ha realizado una liquidación provisional o definitiva. En segunda instancia, si han transcurrido cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si ésta se presentó fuera de dicho plazo.

Si no has podido rectificar el borrador, deberás presentar una solicitud de devolución ingresos indebidos, bien en la sede electrónica de Hacienda, o bien en una oficina de la Agencia Tributaria. Una vez presentada la solicitud, Hacienda estudiará tu caso y te devolverá el dinero si es que procede.

Si el perjudicado es Hacienda

Cuando el error perjudica a Hacienda porque la cantidad a devolver debe ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, el contribuyente debe presentar una declaración complementaria, que consiste en completar una declaración prácticamente desde cero, modificando los datos erróneos.

Para hacerla, debes dirigirte también a Renta WEB y acceder a la opción 'Modificar declaración presentada', indicando que se trata a presentación de una declaración complementaria. Tendrás que incorporar los datos de nueva declaración junto a los que ya se reflejaron correctamente. Revisa minuciosamente que la nueva autoliquidación lo recoja todo sin errores.

No te pueden multar por equivocarte

La Agencia Tributaria no puede sancionarte por tener equivocaciones en la renta, pero si solventas los errores demasiado tarde y te favorecían a ti no te librarás de una multa que será será de entre el 5% y el 20% de las cantidades a pagar

  • 3 meses después de plazo: 5% de recargo.
  • 6 meses después de plazo: 10% de recargo.
  • 12 meses después de plazo: 15% de recargo.
  • Más de 12 meses: 20% de recargo.