Soy autónomo, ¿puedo pedir el subsidio para mayores de 52?

  • Pueden, pero con requisitos: Se piden 6 años cotizados en el Régimen General

  • Si llevas más de cinco años de autónomo, te lo pueden denegar

  • Una vía de entrada es que te contraten tres meses, aunque sea a tiempo parcial

Dos años de pandemia han obligado a miles de autónomos a bajar la persiana y solicitar prestaciones por cese de actividad, el paro de los autónomos, pero ¿qué pasa cuando se agota esta prestación? También pueden acudir al subsidio para mayores de 52 años, aunque lo tienen más difícil.

Quién puede cobrarlo

Cualquier trabajador mayor de 52 años que agote el paro y los otros subsidios de desempleo puede acudir al subsidio para mayores de 52 siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Estar en situación de desempleo, llevar un mes inscrito como demandante de empleo, y haber cumplido los 52 años en el momento en el que se agote la prestación por cese de actividad.
  2. Haber cotizado por jubilación 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15.
  3. Haber cotizado por desempleo en el Régimen General un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
  4. No disponer de rentas mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (723,75 euros al mes en 2022), excluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias.

Si antes no eras autónomo

Tienes más posibilidades de que te concedan el subsidio, si antes has trabado como asalariado. Según explica el Ministerio de Trabajo Migraciones y Seguridad Social, la Ley permite "que perciban el subsidio para mayores de 52 años todos aquellos trabajadores autónomos que hubiesen estado en una de las situaciones que permiten el acceso al mismo con anterioridad al trabajo por cuenta propia, una vez que finalizan dicho trabajo”.

No obstante, cientos de miles de autónomos han solicitado esta prestación al cumplir con los requisitos estipula el Real Decreto Ley 8/2019, pero "la solicitud les ha sido denegada" según explican desde la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos, UPTA. Se trata generalmente de personas que trabajaron como asalariadas durante años y que, en un momento determinado, pasaron a ser autónomos. Por ello sí cumplen con el requisito de haber cotizado 6 años al desempleo por el Régimen General, que deja fuera a gran parte de los autónomos.

Razones para denegarlo

Aunque cumplen las condiciones que estipula la Ley, existe un documento interno del SEPE que establece que los autónomos que hayan trabajado 60 meses (5 años) como autónomos no pueden acceder al subsidio.

Para la abogada laboralista Laura Gómez, "las instrucciones internas de la Seguridad Social no pueden ir en contra de la Ley. Son guías para que los funcionarios sepan cómo aplicar determinadas leyes, si existen dudas de interpretación".

Qué reclaman los autónomos

No obstante, la recomendación sigue vetando la entrada al subsidio a miles de autónomos. Las asociaciones de autónomos han denunciado esta "discriminación". Desde UPTA piden al Gobierno que regularice esta situación que consideran injusta y han presentado un documento en el que piden que los autónomos que cumplan con los requisitos de edad, cotización y rentas puedan acceder al subsidio cuando:

  • Hayan cotizado, a través del sistema específico de protección por cese de actividad, al menos durante 12 meses en cualquier momento durante su alta en el RETA. Este requisito se extenderá a un mes más a partir del 28 de diciembre del año 2020, fecha en la que se cumplen 2 años desde la entrada en vigor de la cotización por cese de actividad con carácter universal y se irá ampliando un mes más cada año hasta alcanzar el período mínimo de carencia de 6 años exigido, con carácter general, para poder acceder al subsidio.
  • Hayan sido beneficiarios de la prestación por cese de actividad al menos durante un periodo de 4 meses y haberse consumido ésta, procediendo posteriormente a su inscripción como demandante de empleo.

Qué ventajas tiene

El subsidio para mayores de 52 es el último recurso para los trabajadores que se quedan fuera del mercado laboral y tienen difícil la reinserción. Para cobrarlo debes haber agotado el resto de prestaciones. En 2022 el subsidio es de 463,2 euros mensuales.

La ventaja que tiene es que llega hasta la jubilación (o hasta que encuentres trabajo), y es el único subsidio que cotiza de cara a la pensión, la base de cotización es del 125% de la base mínima de cotización. Además, en el cálculo de rentas sólo se tienen en cuenta las rentas personales, y no las familiares.

Fórmulas de acceso

Las reticencias del SEPE a conceder este subsidio a los autónomos vienen derivadas porque hasta el 28 de diciembre de 2018 no cotizaban por desempleo. Desde entonces todos los autónomos también cotizan por cese de actividad, que les da derecho a una prestación similar a la del desempleo.

Pero hay una fórmula de acceso al subsidio que se conoce poco, y es conseguir una contratación de al menos 90 días en el régimen general, siempre y cuando cumplas todas las condiciones para beneficiarse del subsidio (requisitos de edad, cotización y de carencia de renta.

En la cotización al desempleo no se distingue entre trabajadores a tiempo completo o parcial, dado que se aplica la regla de un día trabajado, un día cotizado. Así es que, con independencia de las horas trabajadas, si se desarrolla una actividad por cuenta ajena durante 90 días, se podrá acceder al subsidio por desempleo, siempre y cuando se cumplan el resto de las condiciones.