Testamentos solidarios: lo que debes saber si quieres donar tu herencia a una ONG

  • Si bien el testamento tiene una estructura para repartir de forma equitativa tus bienes entre tus familiares más directos, hay una parte que puedes destinar a lo que tú quieras

  • El legado solidario es una práctica pendiente en nuestro país a pesar de que haya crecido el interés

El testamento es una gestión muy personal. Mientras unos la hacen con cariño, demostrando sus últimas voluntades a sus seres más queridos, otros lo ven como un trámite difícil, en el que no saben como repartir sus bienes de forma equitativa. Pero luego hay personas que lo tienen bastante claro, hay una parte de su herencia que saben perfectamente a dónde va a ir destinada: a una ONG. Tras su fallecimiento, quieren que parte de su bienes sean destinados a la ayuda humanitaria, a la mejora del mundo, un último acto de filantropía. ¿Quieres saber cómo es posible dejar parte de tu herencia a una organización? Algunas, como es el caso de Aldeas Infantiles SOS, cuentan con información para ayudarte en tu decisión.

La estructura de un testamento

Antes de nada debes conocer cómo funciona un testamento, ya que cuenta con varias partes a repartir. Aunque existen varios tipos, como el cerrado o el ológrafo, el tipo de testamento más utilizado es el abierto. En este, la persona acude al notario y manifiesta su última voluntad ante él para que quede informado de todo y le dé validez al contenido, verificando que es totalmente legal y acorde con las leyes.

Ahora bien, ¿qué parte puedes dejarle a una ONG? Para ello hay que saber que los descendientes tienen prioridad, ya que la herencia esta dividida en tres tercios. El primero es la legítima, destinada a todos los hijos por igual, que en caso de que no se tengan o hayan sido desheredados, pasaría directamente a los siguientes familiares directos. Tras ello, está el tercio de mejora, el cuál se reparte de la forma en la que al testador le plazca entre todos sus herederos.

Y el último, el tercio de libre disposición. En contra de los anteriores, que deben ser repartidos entre los herederos forzosos de quien realiza el testamento, con este tercio se puede hacer lo que se quiera, desde dejarlo también a tus familiares, hasta legarlo a tu cuidador, al vecino que tanto te ayudaba, a tu mejor amigo o incluso a una ONG, lo que se conoce como legado solidario.

El legado solidario, desconocido por muchos

En la mayoría de ocasiones esta decisión nace con el propósito de realizar una última buena acción, donando parte de tu patrimonio para ayudar económicamente a personas desfavorecidas o a organizaciones que trabajan en la investigación de tratamientos para distintas enfermedades. Por eso, desde Aldeas Infantiles SOS intentan dar a conocer el legado solidario, que se puede ayudar a niños y niñas que crecen sin el cuidado de sus padres y que se encuentran en situaciones vulnerables. Expandir el síndrome de Gmeiner es su principal misión, que es descrito como “la capacidad especial de ver una infancia feliz al mirar objetos, bienes y pertenencias”.

Por supuesto, para que esto ocurra se necesita que se haya realizado el testamento, en especial que haya sido uno abierto supervisado por un notario, para que quede constancia escrita. En caso de no hacerse, Aldeas Infantiles SOS avisa que los bienes se repartirían en su totalidad entre sus herederos, por lo que aunque hubiese intención de legar en la organización, no habría prueba escrita de ello. Además, se suele recomendar entregar una copia del testamento a la ONG a la que se va a destinar esa parte de la herencia o, por lo menos, comunicarle esa decisión para corroborar que se han dado los datos exactos y no hayan equivocaciones que puedan provocar futuros problemas, aunque muchas ONG, entre ellas Aldeas Infantiles, tienen en sus páginas web sus datos identificativos para este tipo de acciones.

El legado solidario es aún una asignatura pendiente en España, pues a pesar de que cada vez existe más interés, no es el suficiente, dado que hay un gran desconocimiento sobre esta práctica y se suele dar prioridad a los descendientes directos, siendo las mujeres y los voluntarios o colaboradores de las ONG las personas que más optan por esta opción en el testamento. Y cuidado, porque se suele pensar que este tipo de herencia, por su carácter solidario, está exento del impuesto de sucesiones, pero lo cierto es que no todas las entidades pueden librarse de este pago, dependerá de la Comunidad Autónoma y del tipo de entidad que sea.

Los normal es que se piense que lo lógico es dejar una cantidad de dinero en efectivo, pero lo cierto es que las organizaciones también pueden heredar, como expone Aldeas Infantiles SOS, viviendas, locales, coches, joyas o hasta obras de arte. En definitiva, bienes que les puedan ayudar de una forma u otra a continuar desempeñando sus funciones.

Pues sí, puedes destinar un total de un tercio de tu herencia a una ONG y, de esta forma ayudar a alguna causa en concreto, en muchas ocasiones causa en la que en vida la persona estuvo comprometida. Una manera bonita, en forma de última voluntad, de seguir ayudando a las personas que más lo necesitan, que estarán eternamente agradecidos por esa decisión.