Empadronarse en la segunda residencia: el dilema de muchos jubilados y teletrabajadores en pandemia

  • Ante el temor de un nuevo confinamiento, muchos jubilados y teletrabajadores que tienen segundas residencias a menudo más espaciosas, con jardín o en zonas de campo están pesando si merece la pena pasar el invierno lejos de la ciudad

  • Empadronase en un lugar u otro puede suponer una gran diferencia a la hora de acceder a determinados servicios públicos

Disponer de una segunda residencia en época de pandemia puede ser para algunos un seguro, si no de vida, sí de tranquilidad: menor densidad de población, menos contaminación, ninguna necesidad de coger el transporte público… Parece que solo hay ventajas. Pero no estás empadronado en ese municipio y tienes la duda de si es mejor hacerlo o no. Veamos qué significa no estar empadronado en la localidad donde se encuentra la segunda residencia.

Para empezar, no estar empadronado implica no disponer de los servicios públicos esenciales, como es el ambulatorio médico u hospital público de referencia. Tampoco puede accederse a la oferta de colegios públicos, así que en caso de tener hijos no sería posible la escolarización en un centro sostenido con fondos del estado ni la matriculación en ningunas de las actividades organizadas por el ayuntamiento de la localidad o la comunidad; entre ellos, los campamentos de verano, excursiones, Semanas Blancas, centros culturales... Lo mismo ocurre con los colegios concertados. En el caso de los privados, no importa el lugar de residencia.

¿Estar empadronado en dos sitios a la vez?

Una pregunta habitual es saber si es posible estar empadronado en dos sitios a la vez. Es el caso, por ejemplo, de los matrimonios jubilados que durante los meses de otoño e invierno vive en su residencia habitual y durante los meses de primavera y verano vive en un apartamento en la playa. O en plena pandemia, las personas que deciden pasar estos meses fuera de la ciudad, en su segunda residencia, por considerarlo un entorno de menor riesgo.

La legislación es clara: no es posible estar empadronado en dos sitios al mismo tiempo. En estos casos es aconsejable empadronarse en aquel municipio en el que más tiempo se viva a lo largo del año. Si decides cambiar tu empadronamiento, automáticamente causas baja en el otro para evitar duplicidades.

Empadronamiento, centro de salud y Covid

Sin restricciones de movilidad (por el momento), es posible que hayas decidido trasladarte a tu segunda residencia sin que estés empadronado. En este caso, ¿cómo accedes al centro de salud? Si vas a estar fuera del domicilio habitual más de un mes, es aconsejable obtener el Documento de Asistencia a Desplazados. Este documento está dirigido para los pacientes procedentes de otras comunidades autónomas y lo emite cada Consejería de Sanidad. Es aconsejable solicitar este documento cuando vayamos a ausentarnos del domicilio habitual al menos un mes.

Para solicitarlo, solo hay que presentar en el centro de salud el DNI o NIE y la tarjeta sanitaria. Los menores de 14 años sin DNI o NIE aportarán el Libro de Familia de sus padres, ya sea el documento original o fotocopias compulsadas. La tarjeta sanitaria de la comunidad de origen no será retirada, ya que será válida para cualquier centro del Sistema Nacional de Salud.

Compensar a las comunidades por el gasto de desplazados

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece dos principios esenciales que garantizan la igualdad y la cohesión de nuestro sistema sanitario. "La asistencia sanitaria pública se extenderá a toda la población española. El acceso y las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva". El segundo sostiene que "la política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales". Sin embargo, la aplicación de estos principios es más complicada. Cada comunidad autónoma se hace cargo de las facturas de las recetas prescritas a los pacientes en sus centros de salud, independientemente de que estén o no empadronados.

Esto ha hecho que algún presidente autonómico se plantee por qué deben asumir el gasto sanitario de los que pagan impuestos en otras comunidades. En el caso de las autonomías que reciben más turismo nacional supone un gasto extraordinario en los meses de verano, cuando muchas familias pasan la temporada en sus segundas residencias. Lo mismo ocurre con los turistas extranjeros que disponen de una casa en nuestro país.

Para compensar estas desigualdades, el gobierno promulgó el Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria. Este fondo compensa económicamente a las comunidades autónomas por la asistencia a pacientes derivados de otras regiones, así como a los desplazados de países de la Unión Europa o de estados con los que España tenga firmados acuerdos de atención sanitaria. Canarias y Baleares se consideran regiones estratégicas por recibir, hasta el verano de la pandemia, una afluencia turística masiva.

Ayudas públicas: acceso restringido

De igual forma, aquellos que estén empadronados en un municipio y vivan en otro no pueden solicitar ningún tipo de ayuda pública, ya sean municipales, autonómicas o a nivel nacional. Esto es importante en el caso, por ejemplo, de las ayudas a los alquileres o todas aquellas relacionadas con servicios sociales (asistencia, centros de día, ayuda a domicilio o discapacidad, entre otras).

Tiempo de residencia

Aunque para la gran mayoría de trámites es suficiente con presentar facturas de gastos corrientes (luz, agua, gas, teléfono) o el contrato de arrendamiento, si estás alquilado, hay determinados casos en los que debemos demostrar el tiempo que llevamos viviendo en una ciudad, por ejemplo, para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Para ello es necesario aportar el certificado de empadronamiento o bien estarlo de hecho para que pueda comprobarse telemáticamente.

Sin derecho al voto

Para votar en cualquiera de las elecciones, ya sean legislativas, europeas, municipales o autonómicas, o ejercer el derecho al voto en cualquier consulta, es necesario estar empadronado. Si vives en un sitio distinto al del padrón, tendrás que desplazarte para votar en tu lugar empadronamiento o hacerlo por correo.

Trámite obligatorio

En definitiva, empadronarse es obligatorio en nuestro país, ya que, a efectos civiles, es el trámite que convierte a una persona en residente en España. Además de todo lo explicado, estar empadronado es también necesario para la regulación de permisos de residencia o trabajo, renovar el carnet de conducir o el DNI y también para matricular un vehículo. Además, el certificado de empadronamiento puede ser exigido en diferentes situaciones administrativas, desde un juicio a un matrimonio civil y cualquier trámite relevante.