¿Qué cantidad máxima de dinero en efectivo se puede ingresar desde un cajero?

  • Si el importe a ingresar en un cajero automático es elevado tienes que justificar la procedencia de ese dinero ante Hacienda

  • Podría considerarse una ganancia patrimonial no justificada y sería obligatorio integrarla en la base liquidable del IRPF

  • El fisco persigue esos movimientos que le notifica el Banco de España para acabar con la economía sumergida y los negocios fraudulentos

Operar con tarjeta de crédito o débito es realmente cómodo. Ya es posible pagar de este modo casi cualquier bien o servicio. Sin embargo, según una encuesta del Banco de España, realizada en 2020, el 36% de los españoles aún prefería utilizar billetes y monedas. Este es el motivo por el que siempre hay alguien delante de nosotros en un cajero para extraer o ingresar efectivo.

En Uppers tenemos claro cuál es la cantidad que podemos sacar de un cajero porque depende de nuestro saldo. La duda es cuánto dinero se puede ingresar en un cajero y, principalmente, cuál es la cantidad máxima de dinero que puedes ingresar desde un cajero sin justificar.

Ante estas máquinas solo nos identificamos con un pin de cuatro cifras. Dentro de la sucursal bancaria, cuando se opera por ventanilla, siempre se nos solicita que mostremos el DNI como forma de identificación. Incluso es obligatorio si se va a llevar a cabo una operación que implique el movimiento de un importe igual o superior a 1.000 euros.

Cuál es el límite para ingresar en un cajero

Cuál es el límite para ingresar en un cajeroA través de un cajero, a la hora de ingresar dinero en efectivo, podemos hacerlo con toda tranquilidad siempre y cuando la cantidad no llegue a los 3.000 euros. La diferencia la marca ese límite monetario ya que a partir de estos 3.000 euros tenemos que justificar la procedencia de ese dinero. Es más, la entidad bancaria tiene la obligación de informar al Banco de España, y a continuación éste a Hacienda, de todas las operaciones realizadas con dinero en efectivo que igualen o superen tal suma. En este caso es indiferente que usemos el cajero automático para ingresar u operemos por ventanilla.

La vigilancia de Hacienda comienza aquí. Lo que se pretende es detectar la circulación de efectivo o de ahorros sin justificar. Tal cuantía se podría considerar una ganancia patrimonial no justificada y sería obligatorio integrarla en la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al tipo correspondiente.

Por otro lado, las entidades bancarias también ponen en conocimiento del Banco de España los ingresos en efectivo recurrentes de un cliente sin justificación, cualquiera que sea su cantidad. Lo mismo sucede cuando se realizan ingresos que incluyan billetes de 500 euros, aunque el total sea inferior a los citados 3.000 euros. Por último, se vigilan con lupa todos aquellos movimientos que superen la cantidad de 10.000 euros, tanto ingresos como retiradas en efectivo o transferencias.

Todas las limitaciones a la hora de gestionar nuestros fondos tienen una finalidad y es perseguir la economía sumergida y los negocios fraudulentos. Las recoge la Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que se aprobó en octubre de 2021. Una de las premisas de esta ley es la obligatoriedad de realizar todos los pagos iguales o superiores a 1.000 euros por transferencia bancaria o con tarjeta de crédito o de débito. En ningún caso se permite el pago de ese importe o de una suma superior en efectivo ni mediante cheque bancario, al portador o papel moneda, cuando una de las partes sea empresario o profesional.