¿Te has jubilado anticipadamente? Requisitos para cobrar el plus que prepara el Gobierno

  • Este plus será para quien se haya prejubilado en los últimos 20 años y tenga más de 44 años y medio cotizados

  • No todos podrán optar a este complemento ni a la misma cantidad, ya que depende de ciertos requisitos

  • El máximo será de algo más de 82 euros, pero el mínimo de compensación se sitúa en 4'56 euros

La reforma de las pensiones sigue adelante con un proyecto de ley que ya se ha remitido al Congreso de los Diputados y donde se han introducido algunos complementos o medidas que no se habían expuesto anteriormente, entre ellos destaca un plus ideado por el propio ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá del que se podrán beneficiar aquellas personas que se hayan jubilado anticipadamente entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, siempre y cuando, eso sí, que tengan acreditados 44 años y seis meses de cotización a la Seguridad Social.

El periodo cotizado, la clave

Hace unos días el diario La Información adelantaba este complemento ideado por Escrivá a pesar de no conocerse con certeza las claves de la medida, de la que ahora se conocen los requisitos principales por los que se puede, o no, acceder a este complemento salarial que pretende reparar los recortes que en su día se les aplicó a los pensionistas que decidieron prejubilarse con más de 44 años y medio cotizados en los últimos 20 años.

Algunos de esos pensionistas vieron en su día penalizada su pensión de jubilación en hasta un 40%, de manera que se pretende compensar estos años con una pensión menor a la que les correspondía por tiempo cotizado a la Seguridad Social. Según datos de la entidad, actualmente hay casi 237.500 pensiones generadas tras una prejubilación que cuenta con las características de este complemento: más de 44 años y medio cotizados. Pero sobre esa cifra se estima que alrededor de 24.000 personas ya cobran la pensión máxima a este plus.

Requisitos para optar al complemento

Sin embargo, eso no significa que el resto de pensionistas que cumplen las condiciones vayan a ser beneficiaros de este complemento, que tampoco será el mismo para todos, pues dependerá de la ley con la que se prejubilaron o del perjuicio en su nómina mensual. De esta manera pueden acceder a este plus desde prejubilados que proceden del mutualismo laboral que abandonaron anticipadamente el mercado de trabajo entre 2002 y 2011, hasta los que se jubilación en esas circunstancias forzadamente o de forma voluntaria.

En todo caso, un requisito indispensable es que la cuantía de su pensión podría haber sido mayor si se le hubiesen aplicado los coeficientes vigentes hasta el día 1 de enero de 2022.

Como ya explicábamos, no todos tendrán la misma compensación, siendo los que mayor beneficio obtengan los que se prejubilaron con condición de mutualista, con un complemento mensual de hasta 82'62 euros al mes, el máximo del plus. Dependiendo de las circunstancias la cuantía será distinta en otros supuestos, siendo el mínimo 4'56 euros al mes en aquellos que se jubilación anticipadamente de forma no voluntaria con la Ley 27/2011.