"Me llamo Néstor, pero me quiero poner Ernesto": ¿cómo se hace todo ese lío del cambio de nombre?

  • La nueva legislación agiliza el trámite en el Registro Civil, pero impone algunos requisitos y elimina que pueda hacerse arbitrariamente

  • Ernesto, de 53 años, ha asumido que su hijo no quiera llamarse igual que su abuelo materno, Néstor, y le está animando al cambio. Por la similitud con el suyo, siempre le han llamado Ernesto

  • Entre la gente del espectáculo es habitual escoger nombres que suenan mejor artísticamente, aunque a veces tardan en inscribirlo de modo oficial

Ernesto, un empresario salmantino de 53 años, está ayudando a su hijo Néstor, universitario de 21 años, a hacer la transición. No de sexo, sino de nombre. Lo hace a regañadientes, aunque en cierto modo se siente culpable de la confusión que ambos han creado en su entorno desde que nació el chico. Por su similitud, la mayoría de la gente ha acabado llamando Ernesto a ambos.

"Me gustaría que se quedase con Néstor. Es un nombre mucho más original y existen poco más de 7.000 en España. Decidimos llamarle así en honor a su abuelo materno, de origen argentino. Él está muy orgulloso y desde pequeño le hizo saber que Néstor en la literatura clásica corresponde al hombre sabio, prudente y conciliador", cuenta.

No se identifica con su nombre de bautismo

Por otra parte, entiende la decisión del hijo de llamarse Ernesto. "Se va a quedar con un nombre mucho más común y, a mi entender, menos agraciado, pero es así como le conoce la gran mayoría. No se identifica con su nombre de bautismo y desde hace tiempo él mismo se presenta como Ernesto, algo que choca con sus documentos, en los que sigue figurando como Néstor". Todo este embrollo está a punto de llegar a su fin. Padre e hijo se llamarán oficialmente Ernesto.

Es curioso el tiempo que pasan los futuros padres decidiendo y analizando al detalle el nombre que pondrán a su bebé. Que suene bien con los apellidos, que sea bonito, que sea un guiño a un personaje destacado o sirva para honrar a un ser querido, que no se preste a apodos… ¿De qué sirve? ¿Cuántas personas a nuestro alrededor están a disgusto con su nombre? Para la gente del espectáculo, el cambio por otro que suene más atractivo o artístico para lanzar su carrera es casi obligado. Elton John nació Reginald Kenneth Dwight. Eligió un nombre que rendía homenaje al saxofonista Elton Dean y al cantante Long John Baldry. El nombre de pila de Michael Caine es Maurice Joseph Micklewhite Jr. En su caso, no lo hizo oficial hasta 2016, después de varias décadas actuando con su nombre artístico. Bob Dylan se llamaba Robert Allen y Brad Pitt William Bradley Pitt.

Una ley actualizada y más ajustada a la sociedad

En España, el cambio de nombre y apellidos está regulado en la Ley de Registro Civil. Después de permanecer inamovible desde 1957, el 30 de abril de 2021 entró en vigor la nueva Ley de Registro Civil 20/2011 de 21 de julio, cuyo principal objetivo es un registro único, con una misma base de datos común para toda España, informatizada y accesible electrónicamente.

Cada persona tendrá un registro individual en el que constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y demás circunstancias. Se abrirá con la inscripción de nacimiento y en él se inscribirán o anotarán, continuada, sucesiva y cronológicamente, todos los hechos y actos que tengan acceso al Registro Civil.

Habrá que probar el uso habitual del nuevo nombre

En su artículo 52, recoge la posibilidad del cambio de nombre: "El encargado del Registro Civil, mediante procedimiento registral, podrá autorizar el cambio de nombre previa declaración del interesado, que deberá probar el uso habitual del nuevo nombre, y siempre que concurran las demás circunstancias exigidas en la legislación".

La elección del nombre está sujeto a algunas limitaciones. No pueden consignarse más de dos nombres simples o más de uno compuesto. Tampoco se admiten nombres contrarios a la dignidad de la persona (irrespetuosos, ridículos, vejatorios…) ni los que hagan confusa la identificación. Y, por último, no pueden imponerse aquellos que ya ostenten alguno de los hermanos con idénticos apellidos, a no ser que haya fallecido.

Dolores Fuertes y otras combinaciones ocurrentes

Los hijos no siempre reciben con el mismo sentido del humor las ocurrencias de quienes decidieron coordinar nombre y apellido de modo más o menos divertido u original. Por eso, las solicitudes más frecuentes son a causa de combinaciones poco acertadas. En esto los españoles demostramos que somos especialmente ingeniosos: Dolores Fuertes, Aitor Mental, Elena Nito del Bosque, Aitor Tilla, Rosa Palo o Susana Oria. Son solo algunas de las que podemos encontrar en internet. Desconocemos si estas personas están satisfechas con el ingenio de quien eligió por ellas al nacer, pero anécdotas seguro que no les faltan. En casos como estos, la petición suele ser invertir el orden de los apellidos, una opción permitida por esta misma ley y sujeta igualmente a algunos requisitos.

Falta que en casa se acostumbren a llamarle Ernesto

Otra de las posibilidades que beneficia en este caso a Néstor, que estudia en Madrid, es poder hacer la solicitud en cualquier oficina general. Antes cualquier trámite exigía hacerlo en el Registro Civil de la localidad de empadronamiento. El resto de los requisitos -el motivo para hacerlo y ser mayor de 16 años o, en caso de ser menor hacerlo a través de los representantes legales- los cumple. Solo le queda dar el paso definitivo y que por fin figure Ernesto, que es el nombre que le identifica y como se le conoce en su vida social y personal, en toda su documentación. La siguiente batalla será conseguir que en casa todos se olviden de Néstor y, por lo que cuenta el padre, la tiene ya ganada.

Curiosamente, esta nueva ley es más estricta en cuanto a la arbitrariedad o mero caprichoso de quien decide cambiarse el nombre. Ya no basta el deseo de hacerlo. Desde el 30 de abril solo se admite si concurre una justa causa, si no hay perjuicio a terceros y si se cumplen las limitaciones mencionadas. Además, solo se permite el cambio por otro utilizado habitualmente. Lo que sí ha eliminado en su nueva redacción es la prohibición de aquellos nombres que induzcan error en cuanto al sexo.