¿Eres pensionista y tienes hijos? La ayuda de 1.500 euros que puedes pedir

Si estás a punto de acceder a la pensión de jubilación -anticipada o no-, de incapacidad o de viudedad debes saber que tienes derecho a solicitar el llamado "complemento para reducir la brecha de género", una ayuda que puede llegar a los 1.500 euros, siempre que tengas uno o más hijos. Este complemento entró en vigor el pasado 4 de febrero de 2022 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esta fecha. Te contamos en qué consiste esta ventaja de la que te puedes aprovechar.

Lo pueden cobrar tanto hombres como mujeres, pero está enfocado a compensar el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a, sufrido de forma mayoritaria por las mujeres y causa de que estas cobren menos pensión. Antes solo podían solicitar esta ayuda las madres de dos o más hijos, pero ahora también la pueden disfrutar las que hayan tenido solo uno y se les otorgará por defecto. Los hombres, sin embargo, tendrán que solicitarlo expresamente y cumplir una serie de condiciones.

Qué requisitos debes cumplir si eres hombre

  • Si eres hombre, tendrás derecho a la pensión si eres beneficiario de una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.
  • Tener una pensión de jubilación inferior a la que cobra la madre.
  • Si has interrumpido o has visto afectada tu carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condicionales relacionadas con la cotización.
  • Los padres de hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994 deben presentar lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes. Para los padres de hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción han de ser inferiores en más del 15% a la suma de las de los dos años anteriores.

¿Cuál es la cuantía del nuevo complemento por hijo?

Independientemente de la pensión de jubilación que se perciba, el complemento queda siempre establecido entre los 378 y los 1.512 euros anuales. O lo que es lo mismo, 27 euros más en cada una de las 14 pagas si sólo se tiene un hijo; 54 si se tienen dos; 81 son son tres; y 108 euros si se han tenido cuatro o más vástagos. Este importe inicial se revalorizará anualmente de acuerdo al IPC, al igual que las pensiones, por lo que en 2023 será mayor. Del mismo modo, los complementos reconocidos antes de 2022 también se han beneficiado este año de una revalorización del 2,5%.

¿Es para todas las pensiones?

Podrán beneficiarse la las pensiones contributivas, de incapacidad permanente, viudedad o jubilación (anticipada o no), reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, pero no la jubilación parcial. Sí se tendrá derecho a este complemento cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

¿Y las pensiones que ya tienen el complemento de maternidad vigente?

Esas pensiones seguirán percibiendo el complemento de maternidad. Los hombres que se hayan jubilado entre el 1 de enero de 2016 (fecha en que entró en vigor el complemento de maternidad) y el 4 de febrero de 2021 (día en que entró en vigor su reforma) podrán seguir reclamando esta bonificación antes la Seguridad Social. En caso de que se les deniegue podrán acudir a los tribunales.

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