El tiempo en la Sección Femenina contará para la jubilación anticipada igual que la mili

  • Las mujeres que querían acceder a trabajar para el Estado debían pasar obligatoriamente por la Sección Femenina

  • Estos 'campamentos' de la Falange estuvieron activos desde 1937 hasta 1978

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de una mujer a computar el tiempo en el que realizó el denominado "servicio social de la mujer", que era obligatorio cumplir durante el franquismo, para alcanzar el periodo mínimo de cotización exigido para la jubilación anticipada en la misma forma en la que se tiene en cuenta, a dichos efectos, el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria para los hombres.

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, valoraba hace un mes de manera positiva la propuesta de estudio para modificar la Ley General de la Seguridad Social y equiparar el Servicio Social de la Sección Femenina y el Servicio Militar, de modo que también entre en el cálculo de las cotizaciones de la jubilación anticipada de las mujeres que realizaron el Servicio.

Año 1970. Con 20 años y en plena dictadura franquista, Luis es enviado de Madrid a Ceuta para hacer el servicio militar obligatorio con los 'Regulares' ceutíes. Allí pasa dos años de su vida haciendo la 'mili'. Años más tarde, en 2012, se prejubila con sus años correspondientes cotizados, entre los que se encuentran los que estuvo realizando la mili.

Su mujer, sin embargo, no corre con la misma suerte. A pesar de haber estado haciendo la Sección Femenina, a la hora de hacer el cálculo para recibir su pensión por jubilación, no había ni rastro de aquella época en su vida laboral. Como si no existiera.

Este hecho, este agravio comparativo, fue el que provocó que una denunciante anónima presentara una queja ante el Defensor del Pueblo para que estudiara todos esos casos de mujeres que realizaron el Servicio Social de la Sección Femenina entre 1937 y 1978 y no tenían derecho a pensión por ello.

La Ley 27/2011 de 1 de agosto

En agosto de 2011, el Gobierno de Mariano Rajoy aprueba la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en la que ya se recogía la "como cotizado a la Seguridad Social el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año".

Sin embargo, en el caso de las mujeres que habían realizado la Sección Femenina no había ni una sola palabra al respecto.

El Defensor del Pueblo

Tras recibir la denuncia, el Defensor del Pueblo lo analizó y determinó que ya había jurisprudencia como para que se legislara a favor de esta cotización a la Seguridad Social. Concretamente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco reconoció, en 2016, a una mujer su derecho de prestación por el tiempo dedicado en la Sección Femenina y en un recurso de suplicación del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra otra resolución judicial que reconoció el derecho a jubilación anticipada a una mujer por haber realizado aquel servicio de la Falange.

Al ver la jurisprudencia, el Defensor del Pueblo ha instado al Gobierno a legislar para que lo lleve a cabo de manera efectiva y vuelta a reformar la Ley para hacerla equitativa.

Qué beneficios tiene

Además de ser un reconocimiento para aquellas mujeres que prestaron servicio en la Sección Femenina y un derecho para equipararlo a la mili que realizaban los hombres, también tiene un componente positivo para la rotación del mercado laboral.

Si finalmente el tiempo en la Sección Femenina contabiliza para la prejubilación se producirán mayores puestos libres en empresas, que podrán contratar a nuevos trabajadores para reemplazarlos y generar nuevos puestos de trabajo, reduciendo la tasa de desempleo.

Por último, permitirá a muchas mujeres disfrutar de más tiempo libre y más años de su vida, lo que redundará en más libertad para viajar y para realizar actividades que siempre habían querido hacer y que no había podido por la estrechez de los horarios laborales.

Cuándo será efectiva la medida

"Tan pronto como sea posible". Con esa expresión ha contestado el Ministerio encargado de la Seguridad Social al Defensor del Pueblo, y este ha dado por buena la respuesta.

Además, en febrero de 2018, el Congreso, por unanimidad, apoyó por unanimidad que el servicio social femenino computara como periodo cotizado. Dos años después de aquello, la presión sobre el nuevo Gobierno de Pedro Sánchez puede acelerar que se aprueben las modificaciones que lo permitan.